SOCIEDAD DE TRANSPORTES EJT SpA
Instrumento
- Fecha
- 17 de mayo de 2021
- Notario
- Juan Cristian Berrios Castro
- Oficio
- Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery
Sociedad
- Capital
- $7.000.000 CLP
- Domicilio
- Talca
Objeto social
A) Transporte de personas y pasajeros, por tierra, como también de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; y cualquier otro negocio que acordaren los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Cristian Berrios Castro, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos con domicilio en calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certifica que: Por escritura de fecha 17 de mayo de 2021 ante mí, CRISTIAN ANDRES PARRAGUEZ ORELLANA, chileno, casado, empleado, cédula nacional de identidad número 16.385.535-6, domiciliado para estos efectos en calle Seis y Medio Sur C Número tres mil setecientos noventa y uno, Comuna de Talca, Región del Maule, constituye sociedad por acciones. Razón social: " SOCIEDAD DE TRANSPORTES EJT SpA ", nombre de fantasía “TRANSPORTES EJT SpA” Domicilio: Talca. Objeto: A) Transporte de personas y pasajeros, por tierra, como también de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. B) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; C) la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; D) Participar en otras empresas o sociedades, cualesquiera sea su naturaleza o giro, en calidad de socio o accionista; E) todo lo que de cualquier forma está o esté relacionado en el futuro con todo lo anterior. Administración y uso razón social: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a la constituyente. Capital: $7.000.000.-, dividido 1.000 acciones, sin valor nominal, que suscribe y paga íntegramente con esta fecha. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 17 de mayo de 2021.