CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

JUICIOS DE GÉNERO Y DERECHOS HUMANOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (LTDA.)

CVE 1946537
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
29 de marzo de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
29 de marzo de 2021
Notario
JORGE ANDRÉS OSORIO ROJAS
Oficio
Décima Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$500.000 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

La Sociedad tendrá como

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ANDRÉS OSORIO ROJAS, Notario Público Interino de la Décima Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatino N° 449 sexto piso, certifico que: Por escritura hoy, ante mí: Doña Paula Romina Peña Muñoz, domiciliada en Avenida Irarrázaval N°5150, departamento mil seiscientos diez, comuna de Ñuñoa y doña Bernardita Estefanía Zamora Picciani, domiciliada en Avenida Ecuador N° 5211, departamento 1111, comuna de Lo Prado, vienen en constituir sociedad comercial de responsabilidad limitada al monto de sus aportes. Razón social: “JUICIOS DE GÉNERO Y DERECHOS HUMANOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (LTDA.)”, pudiendo usar nombre de fantasía “JGDDHHH LTDA.”, que la obligará misma manera que razón social. Objeto: La Sociedad tendrá como objeto: a) La prestación de servicios de asesoría jurídica judicial y extrajudicial y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogada, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas directa o indirectamente en la actualidad o en el futuro, con este giro, ya sea por cuenta propia o ajena. b) la representación de personas naturales o jurídicas, marcas, servicios y empresas en Chile y en el extranjero, el desarrollo comercial de estas representaciones sea propias o de terceros, y la comercialización de todo tipo de estos productos y bienes, corporales e incorporales. c) Prestación de servicios profesionales de asesoría, consultoría y capacitación en materia jurídica, judicial, extrajudicial, legal, social, por cuenta propia o ajena y d) En general, celebrar toda clase de contratos y realizar todos los actos necesarios o convenientes para desarrollar el objeto social, así como, el ejercicio de cualquiera otra actividad análoga, complementaria o conexa a las anteriormente señaladas, por cuenta propia o ajena. Administración y representación social: Se ejercerá de manera conjunta sin limitación alguna por las socias, quienes tendrán la representación extrajudicial y judicial de la sociedad, en todos sus asuntos, negocios, operaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con el objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, con las facultades que se indican en escritura. El capital social: es la cantidad de $500.000 pesos, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) doña Paula Romina Peña Muñoz, la cantidad de $250.000 pesos que corresponde al 50 por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto; y, b) doña Bernardita Estefanía Zamora Picciani, la cantidad de $250.000 pesos que corresponde al 50 por ciento del capital social, que las socias ingresarán con posterioridad a la celebración de esta actuación en dinero en efectivo y en una sola cuota la cuál ingresará a la caja social. Duración: indefinida. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Santiago, 29 de marzo de 2021.