MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Juan José Mura y Compañía Limitada

RUT 77825530-8 CVE 1946548
Fecha instrumento
17 de marzo de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
17 de marzo de 2021
Repertorio
5358-2021
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
Octava Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público de la Octava Notaría Santiago, domiciliado en Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 17 de marzo de 2021, Repertorio Nº5358-2021, ante mí, don ALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO, en representación de JUAN JOSÉ AGUSTIN MURA CASTRO y JUAN ORLANDO MURA VARGAS, todos con domicilio en Ahumada 312, oficina 801, Santiago, Región Metropolitana, vino en Sanear extracto de modificación sociedad "Juan José Mura y Compañía Limitada”, cuyo nombre de fantasía es “Mura y Cía. Ltda.”, inscrita a fojas 23.762, Nº19.327 del Registro de Comercio del año dos 2002 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. La modificación se practicó por escritura pública de fecha 21 de octubre de 2020 suscrita ante mí, Repertorio Nº16304-2020, y fue inscrita a fojas 69230 Nº33181 del Registro de Comercio de 2020 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se publicó en el Diario Oficial de 3 de noviembre de 2020. El extracto de dicha escritura consignó erróneamente que Juan Orlando Mura Vargas cedía a Juan José Agustín Mura Castro el 39% de sociedad Inversiones e Inmobiliaria Santiago Limitada, en circunstancias de que el objeto de la cesión era el 39% de sociedad Juan José Mura y Cía. Ltda. En razón de lo anterior se precisa que las Modificaciones a la referida sociedad consisten: a) JUAN ORLANDO MURA VARGAS vende, cede y transfiere a JUAN JOSÉ AGUSTIN MURA CASTRO, quien compra, acepta y adquiere para sí derechos ascendentes al 39% del haber total de sociedad "Juan José Mura y Compañía Limitada”. Precio $1.367.339., que cesionario paga en este acto al contado. En virtud cesión, JUAN JOSÉ AGUSTIN MURA CASTRO queda como titular de un 99% de derechos sociales, y JUAN ORLANDO MURA VARGAS, titular de un 1% de derechos sociales. Se dan por expresamente reproducidas todas aquellas cláusulas pacto social que no se han modificado por presente instrumento.- Santiago, 31 de Marzo de 2021.- Luis Ignacio Manquehual Mery.- Notario Público.-