EQUIPAMIENTOS GASTRONOMICOS ALFA SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de febrero de 2018
- Notario
- OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ
- Oficio
- a cargo de la Trigésima Primera Notaría de esta ciudad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ, Notario Público Titular a cargo de la Trigésima Primera Notaría de esta ciudad, con oficio en calle Huérfanos número mil cincuenta y cinco, local trescientos veintiocho, certifica: Por escritura de hoy ante mí, doña MAYA TREGUERMAN, cedula de identidad para extranjeros N° 23.610.430-3, y JULIAN MARIO HELMAN, cedula de identidad para extranjeros N° 23.645.784-2, ambos domiciliados en calle Alejandro Serani Norte Nº 9426, comuna de Vitacura, Modificaron Sociedad Por Acciones "EQUIPAMIENTOS GASTRONOMICOS ALFA SpA", Rut. 76.852.868-3; nombre fantasía “ALFA SpA”, “ALFA FORNI”, constituida por escritura pública de fecha 14 de febrero de 2018 en esta misma, inscrita Fojas 13.527 Nº 7.388, Registro Comercio Conservador Bienes. Raíces. Santiago, año 2018, publicada Diario Oficial Nº 42.007, de fecha 14 de marzo de 2018.- Se modifica el objeto social definido en el ARTÍCULO CUARTO del pacto social en los siguientes términos: El objeto de la Sociedad será: a) ejecutar todo tipo de actividades económicas, comerciales, financieras, por cuenta propia o ajena; b) hacer inversiones en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, administrar tales inversiones y percibir sus frutos; c) asesorías financieras, legales, económicas, en gestión y contables, y en general de todo tipo; d) importación, exportación y comercialización, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes muebles, especialmente equipamientos gastronómicos domésticos; e) venta al por menor en comercios especializados de huevos, confites y demás productos alimenticios N.C.P.; f) venta al por menor por correo, por internet, vía telefónica, redes sociales y en general todo tipo de sistemas digitales; g) otros tipos de enseñanza y capacitaciones N.C.P.; h) demás rubros similares, conexos o anexos a los señalados, necesarios y adecuados para el buen éxito de los negocios sociales, sin limitaciones ni restricciones de ninguna especie.- Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- En lo no modificado por ésta se mantiene vigente texto del pacto social primitivo y modificaciones posteriores.- Socios y Sociedad fijan domicilio en Stgo., Reg. Metro.- Otras cláusulas constan en escritura extractada.- Santiago, 29 de abril de 2021.