COMERCIAL y TRANSPORTES HERNAN ALEJANDRO VARGAS VIDAL EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de mayo de 2021
- Notario
- ANDRES PARDO KUSCHEL
- Domicilio
- Peumo y Las Cabras
Sociedad
- Domicilio
- Ciudad de Las Cabras
- Duración
- 5 años, empezará regir a contar esta fecha y entenderá renovado automáticamente por períodos iguales y sucesivos 5 años
- Ley aplicable
- Ley 19.857.
Objeto social
el objeto de la empresa será el servicio de transporte de carga terrestre , en vehículo propio o ajeno ,arrendamiento de vehículos de transporte de carga terrestre y en definitiva, cualquier otra actividad relacionada a ellas o derivadas de las mismas, la compra y venta al por mayor y al detalle, importación , exportación , distribución , comercialización de fibras naturales y sintéticas, envió y transporte de todo tipo de materiales de construcción, y todo lo concerniente a ferretería dentro del país y)o cualquier otra actividad conectada o relacionada con lo anterior, en especial aquellos que dicen relación con la industria y en general, ejecutar actos comerciales de su giro o de cualquier otro ramo que la empresa determine, en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos y contratos mercantiles o administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines de la empresa
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES PARDO KUSCHEL, Notario Publico Peumo y Las Cabras, Vicuña Mackenna 80, CERTIFICO: Por escritura otorgada ante el Notario Suplente don Luis Arturo Zuñiga Tapia de fecha 5 de Mayo de 2021, don HERNAN ALEJANDRO VARGAS VIDAL, soltero, transportista, 35 años de edad, domiciliado en Avenida San Martin sin numero de la comuna de Las Cabras, constituye Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, conforme Ley 19.857. Razón social: "COMERCIAL y TRANSPORTES HERNAN ALEJANDRO VARGAS VIDAL EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA", nombre fantasía "COMERCIAL y TRANSPORTES SOTRAVAR E.I.R.L.” Domicilio: Ciudad de Las Cabras.- Objeto: el objeto de la empresa será el servicio de transporte de carga terrestre , en vehículo propio o ajeno ,arrendamiento de vehículos de transporte de carga terrestre y en definitiva, cualquier otra actividad relacionada a ellas o derivadas de las mismas, la compra y venta al por mayor y al detalle, importación , exportación , distribución , comercialización de fibras naturales y sintéticas, envió y transporte de todo tipo de materiales de construcción, y todo lo concerniente a ferretería dentro del país y/o cualquier otra actividad conectada o relacionada con lo anterior, en especial aquellos que dicen relación con la industria y en general, ejecutar actos comerciales de su giro o de cualquier otro ramo que la empresa determine, en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos y contratos mercantiles o administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines de la empresa.- Capital: El capital de la empresa asciende a la suma de SEIS MILLONES DE PESOS, que entera y paga este acto, al contado y en dinero en efectivo.- Responsabilidad: Le corresponderá en forma exclusiva a don HERNAN ALEJANDRO VARGAS VIDAL.- Duración: 5 años, empezará regir a contar esta fecha y entenderá renovado automáticamente por períodos iguales y sucesivos 5 años.- Demas estipulaciones en escritura extractada.- Peumo, 17 de Mayo de 2021.