AGRICOLA SANTA REGINA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de mayo de 2021
Sociedad
- N. fantasía
- “SANTA REGINA LIMITADA”.- En ambos casos se podrá sustituir la expresión LIMITADA por la abreviatura LTDA
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Curicó
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) La realización de toda clase de negocios y actividades, en el sentido más amplio, relacionadas con producción agrícola, ganadera, o pecuaria, fruticosa, maderera y forestal, pudiendo actuar como comisionista o mandatario para la venta y comercio productos relativos a aquellas producciones y elaboraciones de alimentos y productos de toda clase, a partir de las mismas; b) La compra, venta, adquisición a cualquier título, de predios agrícolas o de derechos sobre los mismos, la explotación y el ejercicio de actividades primarias o extractivas, para cultivos, plantaciones, cosecha y siembra de productos agrícolas; c) La comercialización, distribución, exportación e importación de los productos de dicha explotación, producción, distribución y compraventa de frutos, materias primas, semillas, fertilizantes y cualquier otro producto del agro, pudiendo actuar por cuenta propia o de terceros; d) La explotación agrícola, agroindustrial, forestal, ganadera, avícola, en toda clase de predios agrícolas, por cuenta propia o ajena, de los que sea propietaria, usufructuaria, arrendataria, o respecto de los cuales sea titular de cualquier tipo de derechos, posesión o mera tenencia; e) La participación en toda clase de sociedades o asociaciones relacionadas con su objeto o naturaleza; f) La importación, exportación, distribución, consignación, intermediación y transformación toda clase productos de las producciones y comercializarlos en todas sus formas y todo otro negocio o actividad conexa o relacionada; g) La compra, venta, y comercialización de maquinaria, vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas, semillas, abonos, productos químicos y demás insumos para la producción antes referidas; h) La realización de actividades de investigación, desarrollo y prestaciones servicios en todas las áreas antes señaladas; i) En general la realización todas las actividades u otros negocios, directa o indirectamente relacionados con la actividad agrícola, ganadera, agroindustrial, forestal y avícola, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, en la actualidad o en el futuro, los completamente o sea una consecuencia de los mismos. Para los efectos antes expuestos podrá realizar todas las actividades, celebrar todos los actos y contratos que fueren necesarios o conducentes a los fines sociales, que digan relación directa o indirecta con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO DOMÍNGUEZ JARA, Notario Curicó, Estado 236, certifica: Por escritura pública ante mí, de fecha 17 de Mayo de 2021, doña JESSICA ANDREA PEREZ MAUREIRA y don BRAYAN ALEJANDRO ORELLANA PEREZ, ambos con domicilio para estos efectos en Lote A, Lote B3, comuna de Romeral, provincia de Curicó, constituyeron una Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada.- Razón Social: "AGRICOLA SANTA REGINA LIMITADA".- Nombre de fantasía: “SANTA REGINA LIMITADA”.- En ambos casos se podrá sustituir la expresión LIMITADA por la abreviatura LTDA..- Objeto: a) La realización de toda clase de negocios y actividades, en el sentido más amplio, relacionadas con producción agrícola, ganadera, o pecuaria, fruticosa, maderera y forestal, pudiendo actuar como comisionista o mandatario para la venta y comercio productos relativos a aquellas producciones y elaboraciones de alimentos y productos de toda clase, a partir de las mismas; b) La compra, venta, adquisición a cualquier título, de predios agrícolas o de derechos sobre los mismos, la explotación y el ejercicio de actividades primarias o extractivas, para cultivos, plantaciones, cosecha y siembra de productos agrícolas; c) La comercialización, distribución, exportación e importación de los productos de dicha explotación, producción, distribución y compraventa de frutos, materias primas, semillas, fertilizantes y cualquier otro producto del agro, pudiendo actuar por cuenta propia o de terceros; d) La explotación agrícola, agroindustrial, forestal, ganadera, avícola, en toda clase de predios agrícolas, por cuenta propia o ajena, de los que sea propietaria, usufructuaria, arrendataria, o respecto de los cuales sea titular de cualquier tipo de derechos, posesión o mera tenencia; e) La participación en toda clase de sociedades o asociaciones relacionadas con su objeto o naturaleza; f) La importación, exportación, distribución, consignación, intermediación y transformación toda clase productos de las producciones y comercializarlos en todas sus formas y todo otro negocio o actividad conexa o relacionada; g) La compra, venta, y comercialización de maquinaria, vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas, semillas, abonos, productos químicos y demás insumos para la producción antes referidas; h) La realización de actividades de investigación, desarrollo y prestaciones servicios en todas las áreas antes señaladas; i) En general la realización todas las actividades u otros negocios, directa o indirectamente relacionados con la actividad agrícola, ganadera, agroindustrial, forestal y avícola, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, en la actualidad o en el futuro, los completamente o sea una consecuencia de los mismos. Para los efectos antes expuestos podrá realizar todas las actividades, celebrar todos los actos y contratos que fueren necesarios o conducentes a los fines sociales, que digan relación directa o indirecta con el objeto social.- Administración y el uso de la razón social corresponderá a la socia doña JESSICA ANDREA PEREZ MAUREIRA, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su respectiva firma, la representará con las más amplias facultades de administración, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos inherentes al giro de la sociedad.- Capital: $10.000.000.- La socia doña JESSICA ANDREA PEREZ MAUREIRA, aporta la suma de $8.000.000, contado efectivo.- El socio don BRAYAN ALEJANDRO ORELLANA PEREZ, aporta la suma de $2.000.000, contado efectivo.- Socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia de sus respectivos aportes.- Duración: Indefinida, empezando a regir desde la fecha de la presente escritura.- Si alguno de los socios manifiesta su voluntad de poner término a la sociedad, este hecho será notificado al otro socio, personalmente o por avisos o en la forma especial del artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, si procediere, todo con una anticipación de, a lo menos seis meses de anticipación, y su término se realizará mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social.- Domicilio: Ciudad de Curicó, sin perjuicio sucursales o agencias en el resto del país.- Otras estipulaciones, escritura extractada.- Curicó, 18 de Mayo de 2021.