EL PERAL SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de abril de 2021
- Notario
- HUMBERTO QUEZADA MORENO
- Oficio
- Vigésimo Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $78.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público Titular de la Vigésimo Sexta Notaría de Santiago, Apoquindo N°3.196, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 27 de abril de 2021, Rep. 2.937, ante mí, la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “EL PERAL SpA”, celebrada el 19 de abril de 2021, en la que se encontraban representadas el 100% de las acciones con derecho a voto, por la sociedad CONSTRUCTORA E INVERSIONES SANJOSE ANDINA LIMITADA, debidamente representada por don Víctor Ríos Salas y don Francisco Palma Moreno, acordó modificar los estatutos sociales en las siguientes materias: 1) Se aumentó el capital de la sociedad en $78.000.000, mediante la emisión de setenta y ocho mil acciones de pago, a un precio de $1.000 pesos por acción, las que son suscritas y pagadas por el único accionista, CONSTRUCTORA E INVERSIONES SANJOSE ANDINA LIMITADA, de la siguiente manera: a) La suscripción de treinta y nueve mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, equivalentes a la suma de $39.000.000, que paga en este acto al contado mediante vale vista bancario o transferencia electrónica; b) La suscripción de treinta y nueve mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, equivalentes a la suma de $39.000.000, que se obliga a pagar al contado mediante vale vista bancario o transferencia electrónica, dentro del plazo de cinco años contado desde la fecha de la presente Junta. 2) En virtud del aumento de capital acordado, se modificaron los Artículos Quinto y Segundo Transitorio de los estatutos, que en lo pertinente quedan como sigue: “ARTÍCULO QUINTO: Del capital social. El capital de la sociedad será la suma de setenta y nueve millones de pesos, dividido en setenta y nueve mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal.” “ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: El capital social a que se refiere el Artículo Quinto de estos estatutos, que asciende a la suma de setenta y nueve millones de pesos, dividido en setenta y nueve mil acciones nominativas, sin valor nominal, se suscribe y paga por su único accionista, CONSTRUCTORA E INVERSIONES SANJOSE ANDINA LIMITADA, de la siguiente manera: a) cuarenta mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, equivalentes a la suma de cuarenta millones de pesos, los cuales se encuentran debidamente suscritos y pagados; b) treinta y nueve mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal suscritas, equivalentes a la suma de treinta y nueve millones de pesos, que se pagará dentro del plazo de cinco años contado desde la fecha de la presente Junta, mediante vale vista bancario o transferencia electrónica”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 6 de mayo de 2021. HQM. Not. Pub.