Comercial San Valentín Limitada
Instrumento
- Fecha
- 10 de mayo de 2021
- Notario
- ROBERTO M. WINTER PEREZ
- Domicilio
- Osorno
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalROBERTO M. WINTER PEREZ, Abogado, Notario Publico Interino de Osorno, con oficio Eleuterio Ramírez 910, certifica. Por escritura publica hoy, ante mí, don FELIX VESPERINAS DÍAZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, contador, cédula nacional de identidad número cuatro millones seiscientos setenta y cuatro mil novecientos setenta y seis guion seis, domiciliado en Santiago Rosas número dos mil cuatrocientos uno, departamento quinientos seis, torre uno, de la ciudad de Osorno; don FELIX DANIEL VESPERINAS BARRIENTOS, chileno, casado y separado totalmente de bienes, administrador de empresas, cédula nacional de identidad número trece millones setecientos treinta y cuatro mil trescientos setenta y tres guion ocho, domiciliado en calle Angulo número trescientos dieciocho, de la ciudad de Osorno; y doña PAULA ANDREA PINO SALAZAR, chilena, casada y separada totalmente de bienes, chef, cédula nacional de identidad número trece millones novecientos veintisiete mil seiscientos treinta guion dos, domiciliada en calle Angulo número trescientos dieciocho, de la ciudad de Osorno, modificaron Sociedad de Responsabilidad Limitada, denominada COMERCIAL SAN VALENTÍN LIMITADA, se constituyó por escritura pública de fecha dos de febrero de dos mil diez, ante el Notario Público titular de la ciudad de Osorno, don Cristian Sanhueza Pimentel, repertorio número trecientos cincuenta y uno, del año dos mil diez, inscrita a fojas sesenta y siete vuelta número sesenta, del Registro de Comercio de Osorno, del año dos mil diez, en los siguientes términos: 1) FELIX VESPERINAS DÍAZ, vendió, cedió y transfirió el sesenta y seis coma siete por ciento de su participación en la sociedad individualizada precedentemente, ascendente a un cuarenta por ciento de los derechos sociales de la sociedad que por este acto se modifica, a PAULA ANDREA PINO SALAZAR, quien aceptó, compró y adquirió para si los derechos sociales indicados. El precio de esta compraventa es la suma de cuatro millones de pesos, suma que será cancelada, en cuatro cuotas, anuales, iguales y sucesivas de un millón de pesos cada una, comenzado la primera de ellas el primero diciembre del año dos mil veintiuno. 2) FELIX VESPERINAS DÍAZ, vendió, cedió y transfirió su treinta y tres coma tres por ciento de su participación en la sociedad individualizada precedentemente, ascendente a un veinte por ciento de los derechos sociales de la sociedad que por este acto se modifica, a FELIX DANIEL VESPERINAS BARRIENTOS, quien aceptó, compró y adquirió para si los derechos sociales indicados. El precio de esta compraventa es la suma de dos millones de pesos, suma que será cancelada, en dos cuotas, anuales, iguales y sucesivas de un millón de pesos cada una, comenzado la primera de ellas el primero diciembre del año dos mil veintiuno. 3) En consecuencia, desde la fecha de suscripción de la presente escritura quedan como socios, don FELIX DANIEL VESPERINAS BARRIENTOS, con un sesenta por ciento de los derechos sociales, y PAULA ANDREA PINO SALAZAR, con un cuarenta por ciento de los derechos sociales. El capital de la sociedad se mantiene en la suma de cinco millones de pesos. 4) Los socios don FELIX DANIEL VESPERINAS BARRIENTOS, y PAULA ANDREA PINO SALAZAR, señalaron que la Administración de la sociedad corresponderá a cualquiera de ellos, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, quienes anteponiendo su nombre a la razón social la representará con las más amplias facultades frente a toda persona o institución. Facultades señaladas en la escritura extractada. En todo lo que no ha sido modificado se mantiene plenamente vigente el pacto social constitutivo señalado en la cláusula primera de la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Se facultó para inscribir. Osorno, 10 Mayo 2021.