AGRÍCOLA VIENTO NORTE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de abril de 2021
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- la ciudad y comuna de Santiago
- Duración
- La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso
Objeto social
será desarrollo de actividades agrícolas en términos amplios, asesorías en términos amplios y actividades silvícolas, entre ellas: la explotación de predios agrícolas y forestales, y en especial la producción, elaboración, transformación, explotación, comercialización, procesamiento, distribución, administración, representación, agencias, consignación, promoción, importación y exportación de productos e insumos agrícolas y forestales en cualquier etapa de procesamiento, maquinarias, productos y demás bienes muebles, transporte de personas y en general, de carga de cualquier tipo, prestación de servicios, asesorías; la cría de equinos, compra y venta de estos últimos; y, en general, toda otra actividad que los socios acuerden realizar; todo ello por cuenta propia o ajena y ya sea directamente o participando en otras sociedades o personas jurídicas de cualquier tipo u objeto, incluso asumiendo la administración de tales entidades. En la prosecución del objeto social, sus fines directos o indirectos, o en cuanto sea del interés societario, la sociedad que se constituye podrá formar, constituir, participar, comprar o vender derechos de participación en otras sociedades limitadas o anónimas; y, en general, cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores y que se acuerde y determine por los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Titular 26ª Notaría Santiago, Huérfanos Nº 835, 2º piso, CERTIFICA: Por escritura pública hoy, ante mí, Don HUGO WALTER REQUENA MORENO, chileno, casado, dentista, cédula de identidad número seis millones quinientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y siete guión cinco; doña PATRICIA ELIANA DURÁN MARTINIC, chilena, casada, dueña de casa, cédula de identidad número seis millones seiscientos noventa y dos mil seiscientos nueve guión cinco, ambos domiciliados, para estos efectos, en calle El Arcángel número cuatro mil seiscientos sesenta y nueve, departamento número ciento cincuenta y uno, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; doña CAROLINA VIVIANA REQUENA DURÁN, chilena, casada y separada totalmente de bienes, periodista, cédula nacional de identidad número diez millones trescientos dieciocho mil novecientos sesenta y tres guión dos, domiciliada en calle La Llavería número mil cuarenta y siete, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, y don HUGO ALEJANDRO REQUENA DURÁN, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, cédula de identidad número dieciséis millones doscientos siete mil doscientos treinta guión siete, domiciliado en calle El Arcángel número cuatro mil seiscientos sesenta y nueve, departamento número cuarenta y uno, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; Constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón Social: AGRÍCOLA VIENTO NORTE LIMITADA, pudiendo actuar, inclusive ante los Bancos, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de La República, Ministerios y demás entidades públicas y privadas, con el nombre de fantasía “VIENTO NORTE LTDA.”. Objeto: será desarrollo de actividades agrícolas en términos amplios, asesorías en términos amplios y actividades silvícolas, entre ellas: la explotación de predios agrícolas y forestales, y en especial la producción, elaboración, transformación, explotación, comercialización, procesamiento, distribución, administración, representación, agencias, consignación, promoción, importación y exportación de productos e insumos agrícolas y forestales en cualquier etapa de procesamiento, maquinarias, productos y demás bienes muebles, transporte de personas y en general, de carga de cualquier tipo, prestación de servicios, asesorías; la cría de equinos, compra y venta de estos últimos; y, en general, toda otra actividad que los socios acuerden realizar; todo ello por cuenta propia o ajena y ya sea directamente o participando en otras sociedades o personas jurídicas de cualquier tipo u objeto, incluso asumiendo la administración de tales entidades. En la prosecución del objeto social, sus fines directos o indirectos, o en cuanto sea del interés societario, la sociedad que se constituye podrá formar, constituir, participar, comprar o vender derechos de participación en otras sociedades limitadas o anónimas; y, en general, cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores y que se acuerde y determine por los socios.; y, en general, toda otra actividad que los socios acuerden realizar; todo ello por cuenta propia o ajena y ya sea directamente o participando en otras sociedades o personas jurídicas de cualquier tipo u objeto, incluso asumiendo la administración de tales entidades. Domicilio: la ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o establecimientos que pueda establecer en otros lugares del país o en el extranjero. Duración: La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso. Capital: es la suma total de DIEZ MILLONES DE PESOS, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: UNO) HUGO WALTER REQUENA MORENO aporta y paga la suma total de SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS, los cuales ingresan en este acto a la caja social; DOS) PATRICIA ELIANA DURÁN MARTINIC, aporta y paga la suma total de QUINIENTOS MIL PESOS, los cuales ingresan en este acto a la caja social; TRES) CAROLINA VIVIANA REQUENA DURÁN, aporta y paga la suma total de UN MILLÓN DE PESOS, los cuales ingresan en este acto a la caja social; y, CUATRO) HUGO ALEJANDRO REQUENA DURÁN, aporta y paga la suma total de UN MILLÓN DE PESOS, los cuales ingresan en este acto a la caja social. Queda de esta manera aportado y enterado el cien por ciento del capital social. La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá individualmente a uno cualquiera de los siguientes socios, A) HUGO WALTER REQUENA MORENO; y/o B) PATRICIA ELIANA DURÁN MARTINIC, quienes anteponiendo la razón social a su firma, podrán representar a la sociedad con las más amplias facultades, y en el ejercicio de la administración podrán ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que sean necesarios. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 20 de Abril de 2021. H. Quezada M.