CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA 2 M LIMITADA

CVE 1945325
Capital
$120.000.000 CLP
Duración
Definida

Instrumento

Notario
Alvaro Gonzalo Mera Correa
Domicilio
Comunas Constitución-Empedrado

Sociedad

Capital
$120.000.000 CLP
Domicilio
Constitución
Duración
rige fecha escritura social y durará 5 años, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, forma señalada escritura extractada. Responsabilidad: socios limitan responsabilidad hasta monto respectivos

Objeto social

será: a) Adquirir, enajenar a cualquier título, explotar y administrar toda clase de bienes muebles, vehículos y bienes inmuebles, construir en ellos, efectuar subdivisiones, loteos y urbanizaciones de toda clase de predios para fines habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas o forestales. b) La realización de inversiones y proyectos inmobiliarios, mediante el cual podrá adquirir y enajenar toda clase de bienes inmuebles, urbanos o rústicos, la realización de inversiones en inmuebles de cualquier naturaleza, oficinas, departamentos, estacionamientos, la explotación de los mismos, la construcción de toda clase de obras y edificios ya sea en predios propios o ajenos, como asimismo la realización de inversiones de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, realizando todos los actos que sean necesarios en la actualidad o en el futuro para el cumplimiento del giro social. Administración y uso

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Alvaro Gonzalo Mera Correa, Notario Público Titular, Comunas Constitución-Empedrado, oficio O” Higgins Nº 499 A, de esta ciudad, certifica: Por escritura hoy ante mí, don CRISTIAN MARCELO MORALES BUSTAMANTE, domicilio en Puerto Mayor Nº 1.570, comuna Constitución y doña MAKARENA IGNACIA MORALES MOLINA, ambos con domicilio en Puerto Mayor Nº 1.570, comuna Constitución, constituyen sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “INMOBILIARIA 2 M LIMITADA” nombre fantasía “INMOBILIARIA 2 M LTDA.” Objeto: será: a) Adquirir, enajenar a cualquier título, explotar y administrar toda clase de bienes muebles, vehículos y bienes inmuebles, construir en ellos, efectuar subdivisiones, loteos y urbanizaciones de toda clase de predios para fines habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas o forestales. b) La realización de inversiones y proyectos inmobiliarios, mediante el cual podrá adquirir y enajenar toda clase de bienes inmuebles, urbanos o rústicos, la realización de inversiones en inmuebles de cualquier naturaleza, oficinas, departamentos, estacionamientos, la explotación de los mismos, la construcción de toda clase de obras y edificios ya sea en predios propios o ajenos, como asimismo la realización de inversiones de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, realizando todos los actos que sean necesarios en la actualidad o en el futuro para el cumplimiento del giro social. Administración y uso razón social: Corresponderá al socio CRISTIAN MARCELO MORALES BUSTAMANTE. Capital: $120.000.000, aportados siguiente forma: a) CRISTIAN MARCELO MORALES BUSTAMANTE, aporta $108.000.000 correspondientes al 90% capital social que entera $60.000.000 en este acto, ingresados a la caja social y la suma de $48.000.000, que enterará dentro del plazo de 5 años a contar esta fecha y a medida que las necesidades sociales lo requieran. b) MAKARENA IGNACIA MORALES MOLINA, aporta $12.000.000 correspondientes al 10% capital social, que entera $3.000.000 en este acto, ingresados a la caja social y la suma de $9.000.000 que enterará dentro del plazo de 5 años a contar esta fecha y a medida que las necesidades sociales lo requieran. Domicilio: Constitución. Duración: rige fecha escritura social y durará 5 años, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, forma señalada escritura extractada. Responsabilidad: socios limitan responsabilidad hasta monto respectivos aportes. Utilidades y pérdidas: Se distribuirán entre socios prorrata respectivos aportes. Otras estipulaciones en escritura extractada. Constitución, 14 de mayo del 2021.