MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

AGUAROCA SpA

RUT 77218689-4 CVE 1945091
Fecha instrumento
10 de mayo de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de mayo de 2021
Repertorio
12897-21
Notario
MARY CARMEN ENCINA LORCA
Domicilio
doña SUSANA BELMONTE AGUIRRE
Comuna
Santiago

Administración

/UNO/ La representación judicial y extrajudicial, administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a un administrador /en adelante, el “Administrador”/, quien podrá o no ser accionista de la Sociedad, o una persona natural o jurídica, y quien la ejercerá actuando a través de representantes o apoderados que designe y autorice al efecto por medio de una escritura pública que se anotará al margen de la inscripción del extracto de constitución de la Sociedad en el Registro de Comercio del lugar de su domicilio social”; se reemplaza y debe decir: “Administración y

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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MARY CARMEN ENCINA LORCA, Abogado, Notario Público Suplente de doña SUSANA BELMONTE AGUIRRE, Abogado, Notario Público Titular de la Undécima Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Ahumada número ciento treinta y uno, oficina trescientos veintidós, comuna de Santiago, CERTIFICA: Que por “PRIMERA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE “AGUAROCA SpA", celebrada con fecha tres de mayo del dos mil veintiuno, calle Las Garzas número seis mil doscientos noventa y cuatro, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y reducida a escritura pública ante Notario Público Titular de este oficio, con fecha seis de mayo de dos mil veintiuno, Repertorio N° 12897-21, se acordó modificar el actual artículo séptimo de los estatutos, primera parte, donde dice: “Administración y uso de la razón social. /UNO/ La representación judicial y extrajudicial, administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a un administrador /en adelante, el “Administrador”/, quien podrá o no ser accionista de la Sociedad, o una persona natural o jurídica, y quien la ejercerá actuando a través de representantes o apoderados que designe y autorice al efecto por medio de una escritura pública que se anotará al margen de la inscripción del extracto de constitución de la Sociedad en el Registro de Comercio del lugar de su domicilio social”; se reemplaza y debe decir: “Administración y uso de la razón social. /Uno/ La representación judicial y extrajudicial, administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a un administrador /en adelante, el “Administrador”/, quien podrá o no ser accionista de la Sociedad, o una persona natural o jurídica, y quien la ejercerá por sí sola, o bien a través de personas especialmente designadas para ello por instrumento privado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 10 de mayo de 2021.