Instrumento
- Fecha
- 7 de mayo de 2021
- Notario
- DORA SILVA LETELIER
- Oficio
- Primera Notaría de La Florida
- Comuna
- La Florida
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago.- Balance: Al 31 de diciembre de cada año
- Duración
- Indefinida
Administración
La Sociedad será administrada por el Gerente General, con amplias facultades incluidas en el artículo octavo, de la escritura de constitución. El Capital Social asciende a la suma de $6.000.000, dividido en seiscientas acciones, sin valor nominal, que son suscritos y pagados conforme a lo dispuesto en el artículo primero transitorio, ingresándolos a la caja social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDORA SILVA LETELIER, Notario Público de la Primera Notaría de La Florida, y Oficio en Avenida Vicuña Mackenna Poniente Nº7131, certifico que: por escritura de hoy, otorgada ante mí, doña VIVIANA PAZ VALLVERDU-VINCH HINOJOSA, C.I.Nº14.184.611-6, domiciliada en calle Plaza Raúl Valenzuela N°559, comuna La Florida, Región Metropolitana; y don ÁLVARO ANDRÉS CASTRO MONARDES, C.I.N°15.347.069-3, domiciliado en Avenida Padre Hurtado N°621, comuna Maipú, Región Metropolitana; constituyeron una Sociedad por Acciones, cuya razón social será “VIAL SpA”.- El Objeto social pactado es: “La tercerización de servicios para el mejoramiento de la productividad, para personas naturales o jurídicas, públicas o privadas; la selección, capacitación y formación de trabajadores, y, en general todo lo relacionado con asesorías y outsourcing, prestación de servicios de recursos humanos, y cualquier otro objeto no descrito anteriormente y que los socios acuerden realizar, y que este o no relacionada con su giro comercial, ya sea por cuenta propia o ajena”.- La Administración: La Sociedad será administrada por el Gerente General, con amplias facultades incluidas en el artículo octavo, de la escritura de constitución. El Capital Social asciende a la suma de $6.000.000, dividido en seiscientas acciones, sin valor nominal, que son suscritos y pagados conforme a lo dispuesto en el artículo primero transitorio, ingresándolos a la caja social. Domicilio: Santiago.- Balance: Al 31 de diciembre de cada año. Vigencia: Indefinida. Demás cláusulas contenida en escritura extractada.- LA FLORIDA, 07 de Mayo de 2021.