MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SIBPO SpA

RUT 76894199-8 CVE 1944653
Fecha instrumento
12 de mayo de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de mayo de 2021
Repertorio
28076-2021
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
Trigésimo Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
TOSALCO SpA socio 76894199-8

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, Miraflores 178, Piso 5, Santiago, certifico: Con fecha 07.05.2021, repertorio 28.076-2021, ante mí comparecieron don JESÚS ALBERTO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, C.I. N° 26.205.834-4, domiciliado en Avenida Vicuña Mackenna N° 2585, comuna de San Joaquín y don LEONARDO JOSÉ TORREALBA ADAMES, C.I. N° 25.745.588-2, domiciliado en Alonso de Córdova N° 5870, oficina 1818, comuna de Las Condes, quienes en su calidad de únicos accionistas de SIBPO SpA, hoy TOSALCO SpA, RUT 76.894.199-8, inscrita a fojas 48640 número 25221 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2018, celebraron compraventa de acciones mediante la cual don JESÚS ALBERTO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ vendió y cedió la totalidad de las 500 acciones que poseía en la sociedad a don LEONARDO JOSÉ TORREALBA ADAMES, quién compró y aceptó para sí, radicando en su persona la totalidad de la propiedad accionaria. Seguidamente, don LEONARDO JOSÉ TORREALBA ADAMES, en su calidad de único accionista de la sociedad, modificó los estatutos sociales de la siguiente manera: 1) Reemplaza el artículo Primero por el siguiente: “ARTICULO PRIMERO: El nombre o razón social de la sociedad será “TOSALCO SpA”.” 2) Reemplaza el artículo Duodécimo, en el sentido de establecer que la administración y representación de la sociedad, así como el uso de su razón social, le corresponderá a don LEONARDO JOSÉ TORREALBA ADAMES, cédula de identidad 25.745.588-2, quien actuando en forma individual representará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, con todas las facultades contenidas en la escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 12.05.2021.