JARDÍN INFANTIL LA CASA DEL BAMBINI SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de abril de 2021
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Titular 16ª notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: por escritura de 06-04-2021, ante mi suplente Gonzalo Sergio Mendoza Guiñez, doña JENIFFER LORENA JERIA MIRANDA, chilena, casada en separación total de bienes, educadora de párvulos, cédula nacional de identidad de número quince millones novecientos setenta mil ciento veintisiete guion uno, domiciliada en calle Gregorio Urrutia número trescientos quince, en la comuna de La Florida, Región Metropolitana, dueña del cien por ciento de las acciones de JARDÍN INFANTIL LA CASA DEL BAMBINI SpA, Rol Único Tributario número setenta y seis millones cuatrocientos noventa y cinco mil setecientos ochenta guion seis, cuyo extracto está inscrito a fojas cuarenta y tres mil cuarenta y cuatro, número veinte mil quinientos veintitrés del Registro de Comercio de Santiago y publicado con fecha veintidós de julio de dos mil veinte, con el número cuarenta y dos mil setecientos once, que es sucesora legal de GRISELDA BROMBLEY OLEA, JARDÍN INFANTIL EIRL, reformó el estatuto de tal sociedad en los siguientes términos: 1) Se modificó el estatuto social quedando en los siguientes término: “ARTÍCULO CUARTO: El objeto de la sociedad será: a) La creación, instalación, operación, explotación y funcionamiento de Jardines Infantiles, Salas de Cuna y de cualquier otro establecimiento destinado a la atención, educación, formación y/o cuidado de infantes, párvulos y niños en edad prescolar, con o sin necesidades educativas especiales, propios o de terceros; b) La adquisición, creación, tenencia, sosteneduría y administración de establecimientos educacionales de nivel pre básico, en todas las modalidades, sean de financiamiento particular, particular compartido, subvencionado o cualquier otro; c) La administración, incluyendo la adquisición, construcción y mantención de los bienes inmuebles destinados exclusivamente a las actividades descritas en este artículo; d) La realización de cualquier otra actividad que tenga por finalidad la promoción y desarrollo educacional de la enseñanza pre básica”. 2) Modificando el artículo NOVENO, reemplazando la palabra “investigo” por “investido”; 3) Refundiendo el estatuto. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 11 de Mayo de 2021.