MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones Las Pircas SpA

RUT 76305840-9 CVE 1944476
Fecha instrumento
7 de mayo de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
7 de mayo de 2021
Repertorio
4447-21
Notario
GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO
Oficio
Titular de la Décima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Personas y entidades (5)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
JAVIERA BELÉN MORAGA VALVERDE representante 19115524-6
MARISA NINA MARÍA ANSALDO CAFFERATA socio 5493261-8
JUAN PABLO JEREZ ANSALDO socio 18394176-3
SEBASTIÁN SERGIO JEREZ ANSALDO socio 16359576-1
CRISTINA MARISA JEREZ ANSALDO socio 17404337-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular de la Décima Notaría de Santiago, VALERIA RONCHERA FLORES, con oficio en calle Agustinas número mil doscientos treinta y cinco, Comuna de Santiago, certifico: Que por escritura pública otorgada ante mí, de fecha 07 de mayo de 2021, repertorio N°4447-21, compareció: doña JAVIERA BELÉN MORAGA VALVERDE, RUT 19.115.524-6 en representación de doña MARISA NINA MARÍA ANSALDO CAFFERATA, RUT 5.493.261-8, de don JUAN PABLO JEREZ ANSALDO, RUT 18.394.176-3, de don SEBASTIÁN SERGIO JEREZ ANSALDO, RUT 16.359.576-1 y de doña CRISTINA MARISA JEREZ ANSALDO, RUT 17.404.337-K, todos domiciliados en Calle Juan de Dios Vial Correa No. 4240, comuna de Peñalolén, ciudad de Santiago, y rectificó escritura pública de modificación y transformación de SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “INVERSIONES LAS PIRCAS LIMITADA” EN “INVERSIONES LAS PIRCAS SpA”, de fecha 16 abril del 2021, cuyo extracto fue inscrito a fojas 33.788 N° 15718 del Registro de Comercio de Santiago del año 2021 y publicado con fecha 10 de mayo de 2021, en el sentido de corregir el Artículo Segundo y el Artículo Tercero de la cláusula tercera, reemplazando la palabra “socios” por “accionistas”. De esta manera, se reemplaza el texto del Artículo Segundo de la cláusula tercera por el siguiente: “Artículo Segundo: La sociedad comenzará a regir desde la fecha del presente instrumento y tendrá una duración de cinco años prorrogables tácita y sucesivamente, por períodos de dos años, si ninguno de los accionistas manifestare su voluntad de poner término al período que esté en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos dos meses a la fecha de término del respectivo período.”. Asimismo, se reemplaza el texto del Artículo Tercero de la cláusula tercera por el siguiente: “Artículo Tercero: El objeto de la presente sociedad por acciones será la compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, construcción, comercialización y explotación en cualesquiera de sus formas de bienes raíces urbanos o agrícolas, propios o ajenas. También podrá prestar asesorías profesionales en materias de ingeniería, comerciales, comercio exterior, aduaneras, y en el área de las finanzas, administración, cobranzas y gestión comercial, tanto en Chile como en el extranjero. También podrá constituir sociedades o adquirir derechos y participaciones en las mismas, sean civiles o mercantiles, nacionales o extranjeras, pudiendo especialmente comprar, adquirir u obtener a cualquier título acciones, bono u otros instrumentos financieros o valores mobiliarios y, en general, invertir en cualquier tipo de bienes, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales. En general, podrá realizar todo otro negocio que se relacione directa o indirectamente con los fines descritos que los accionistas acuerden.-”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 12 de mayo de 2021.