CONSTRUCTORA PANGUIPULLI SpA
Instrumento
- Fecha
- 18 de diciembre de 2020
- Repertorio
- 1705
- Notario
- Gino Ignacio Mencarini Solervicens
- Domicilio
- comuna de Mariquina
Sociedad
- Capital
- $12.000.000 CLP
- Domicilio
- Panguipulli
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: La sociedad por acciones, tendrá por objeto social principal la elaboración y ejecución de toda clase de proyectos inmobiliarios de construcción y edificación. Así mismo; diseño, ejecución y comercialización de proyectos inmobiliarios; además tomar parte en sociedades que tengan objetivos afines o semejantes. Incorporarse a los negocios de esas u otras sociedades o funcionarse con ellas. B) La constitución, edificación, urbanización, rehabilitación, planeación, programación, proyección conservación y mantenimiento de todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura ya sean de carácter público y /o privado, y en general la realización de toda clase de trámites relacionados directa o indirectamente con los fines ya señalados, cualquiera que sea su clase, índole, especie o naturaleza, incluyendo la realización de obras complementarias, conexas y accesorias. C) Gestionar, promover y llevar a cabo y ejecutar toda clase de desarrollos inmobiliarios, prestando asistencia técnica y supervisión en toda clase de obras de ingeniería, arquitectura y en todo tipo de construcciones. D) Movimiento de tierras para las ejecuciones de las obras, replanteo, excavaciones, desmonte, terraplenado con todo tipo de maquinaria pesada. E) Ser contratistas de obras civiles en todos los ramos de la Ingeniería y arquitectura. F) Efectuar el montaje y explotación de plantas y factorías de producción de materiales de construcción su compra y venta, así mismo la sociedad podrá realizar toda actividad a fin o complementaria a su
Administración
La administración de la sociedad la ejerce un Gerente General que será designado por los accionistas sea por escritura pública, o bien, en junta de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGino Ignacio Mencarini Solervicens, Abogado, Notario Público Titular, comuna de Mariquina, con oficio en Padre Plácido 1040, CERTIFICA: por escritura pública de fecha 18 de diciembre de 2020, repertorio 1705, ante mí, HUGO LEONEL SANDOVAL SAAVEDRA, chileno, trabajador independiente, cédula nacional de identidad número 7.865.654-9; y doña HORTENSIA DEL CARMEN MERA PINILLA, chilena, asesora del hogar, cedula nacional de identidad número 9.119.531-3, ambos mayores de edad, constituyeron sociedad por acciones, que se regirá por las estipulaciones de este contrato y por las normas contenidas en la ley número tres mil novecientos dieciocho, en el Código de Comercio y en el Código Civil, que versen sobre la materia. RAZÓN SOCIAL: será “CONSTRUCTORA PANGUIPULLI SPA”. OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad será: La sociedad por acciones, tendrá por objeto social principal la elaboración y ejecución de toda clase de proyectos inmobiliarios de construcción y edificación. Así mismo; diseño, ejecución y comercialización de proyectos inmobiliarios; además tomar parte en sociedades que tengan objetivos afines o semejantes. Incorporarse a los negocios de esas u otras sociedades o funcionarse con ellas. B) La constitución, edificación, urbanización, rehabilitación, planeación, programación, proyección conservación y mantenimiento de todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura ya sean de carácter público y /o privado, y en general la realización de toda clase de trámites relacionados directa o indirectamente con los fines ya señalados, cualquiera que sea su clase, índole, especie o naturaleza, incluyendo la realización de obras complementarias, conexas y accesorias. C) Gestionar, promover y llevar a cabo y ejecutar toda clase de desarrollos inmobiliarios, prestando asistencia técnica y supervisión en toda clase de obras de ingeniería, arquitectura y en todo tipo de construcciones. D) Movimiento de tierras para las ejecuciones de las obras, replanteo, excavaciones, desmonte, terraplenado con todo tipo de maquinaria pesada. E) Ser contratistas de obras civiles en todos los ramos de la Ingeniería y arquitectura. F) Efectuar el montaje y explotación de plantas y factorías de producción de materiales de construcción su compra y venta, así mismo la sociedad podrá realizar toda actividad a fin o complementaria a su objeto social. G) Adquirir, enajenar, gravar toda clase de bienes muebles e inmuebles especialmente maquinaria de construcción y terrenos urbanos y rurales. H) Contratar maquinaria para obras de la compañía, así mismo arrendar maquinaria propia o ajena. I) Intervenir como deudora o acreedora, de toda clase de operaciones privadas, de crédito otorgado o recibiendo garantía cuando haya lugar a ellas. J) Girar, aceptar, endosar, asegurar y negociar instrumentos y valores y cualquier otra clase de títulos de crédito. K) Hacer uniones temporales o consorcios para participar en licitaciones, selecciones abreviadas de mínima y menor cuantía, concursos de méritos públicos o privados dentro del territorio nacional o fuera de este. L) Igualmente la sociedad podrá realizar toda actividad lícita de comercio, así como desarrollar proyectos urbanísticos tanto para vivienda y comercio. ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad la ejerce un Gerente General que será designado por los accionistas sea por escritura pública, o bien, en junta de accionistas. El Gerente tendrá la representación legal de la sociedad tanto judicial como extrajudicialmente y estará investido de todas las facultades de administración y disposición de bienes que no sean privativos de la Junta de Accionistas. En lo que se refiere a la representación judicial, el Gerente General estará investido con las facultades de ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, las que se dan por expresamente reproducidas. La designación del Gerente deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de la constitución social. No se requerirá la calidad de accionista para ser Gerente General. Los accionistas podrán designar otros gerentes o subgerentes, apoderados y abogados, que tendrán las obligaciones y funciones que se les señalen o que consten del poder que se les otorgue. El Gerente General de la sociedad, podrá delegar total o parcialmente sus facultades, y conferir mandatos o especiales, revocarlos y dejarlos sin efecto cuando lo estime conveniente. CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad será la suma de $12.000.000, dividido y representado en mil doscientas acciones sin valor nominal, sin series ni privilegios, que se suscriben y pagan en la forma indicada en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Los títulos de las acciones serán nominativos. Las acciones de la sociedad podrán ser emitidas sin que necesariamente se hubiere impreso en forma física los títulos accionarios. VIGENCIA: La duración de la sociedad será indefinida. DOMICILIO: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Panguipulli, sin perjuicio de abrir sucursales u oficinas, en otras ciudades de Chile o el extranjero. Demás pactos constan de escritura extractada. San José de la Mariquina, 13 de mayo de 2021.