Instrumento
- Fecha
- 29 de abril de 2021
- Repertorio
- 4685-2021
- Notario
- Notario Suplente de doña MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
- Oficio
- 7ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) La prestación de servicios profesionales, especialmente en materias legales y jurídicas; b) La prestación de servicios de consultoría, asesorías, representación y asistencia técnica y profesional en toda clase de materias; especialmente en materias legales, jurídicas, administrativas, de negocios, financieras u otros servicios profesionales de cualquier naturaleza relacionada con las principales; c) La preparación, desarrollo, ejecución y explotación, comercial o industrial, de proyectos de toda clases; d) La compra, venta, arrendamiento o uso y goce de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo su comercialización, explotación, distribución, administración, exportación, importación y adquisición o enajenación, en cualquier forma; e) La representación de bienes, productos, procedimientos, empresas, negocios, proyectos, marcas, invenciones y secretos empresariales, nacionales o extranjeros; f) La inversión en toda clase de títulos, valores, acciones, bonos y valores mobiliarios, cuotas o derechos en sociedades e instrumentos financieros, administrados por cuenta propia o ajena, percibir y reinvertir sus frutos; g) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones y obtener rentas; h) Formar y tomar parte, como accionista, socio o asociado de cualquier forma, en otras sociedades o entidades existentes actualmente o que se formen en el futuro, cualquiera sea el objeto de ellas; i) La realización de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con lo anterior, convenientes o necesarias para los fines de la sociedad, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos necesarios para la realización de estos fines; y j) Toda otra actividad que él o los socios acuerden sean o no complemento para la consecución del
Administración
En escritura extractada, se procedió a designar como administradores a doña REBECA IGNACIA MORALES PERALTA, y a doña CARMEN LUISA GARCÍA CASTRO, quienes en el ejercicio de sus funciones tendrán todas y cada una de las facultades que señala el pacto social constitutivo y la ley. Demás antecedentes en escritura extractada. Santiago, 7 de mayo 2021
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalChristian Alejandro Ortiz Cáceres, Abogado, Notario Suplente de doña MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Notario Público Titular 7ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas 1161, entre piso, comuna y ciudad de Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 29 de Abril de 2021, otorgada ante la titular de este oficio bajo Repertorio Nº 4.685 - 2.021, doña REBECA IGNACIA MORALES PERALTA, chilena, casada, abogada, C.I. Nº 16.129.112-9; y doña CARMEN LUISA GARCÍA CASTRO, chilena, soltera, abogada, C.I. Nº 17.328.289-3, ambas con domicilio para estos efectos en calle Estado 215, Of 1113, Santiago, constituyeron sociedad por acciones. RAZÓN SOCIAL: “IUSTA CAUSA SpA”. DOMICILIO: ciudad Santiago, sin perjuicio de que pueda ejercer sus actividades en todo el territorio nacional y en el extranjero, para lo cual podrá abrir y cerrar toda clase de oficinas, agencias, representaciones o sucursales y constituir domicilios especiales. DURACIÓN: Indefinida. OBJETO: a) La prestación de servicios profesionales, especialmente en materias legales y jurídicas; b) La prestación de servicios de consultoría, asesorías, representación y asistencia técnica y profesional en toda clase de materias; especialmente en materias legales, jurídicas, administrativas, de negocios, financieras u otros servicios profesionales de cualquier naturaleza relacionada con las principales; c) La preparación, desarrollo, ejecución y explotación, comercial o industrial, de proyectos de toda clases; d) La compra, venta, arrendamiento o uso y goce de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo su comercialización, explotación, distribución, administración, exportación, importación y adquisición o enajenación, en cualquier forma; e) La representación de bienes, productos, procedimientos, empresas, negocios, proyectos, marcas, invenciones y secretos empresariales, nacionales o extranjeros; f) La inversión en toda clase de títulos, valores, acciones, bonos y valores mobiliarios, cuotas o derechos en sociedades e instrumentos financieros, administrados por cuenta propia o ajena, percibir y reinvertir sus frutos; g) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones y obtener rentas; h) Formar y tomar parte, como accionista, socio o asociado de cualquier forma, en otras sociedades o entidades existentes actualmente o que se formen en el futuro, cualquiera sea el objeto de ellas; i) La realización de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con lo anterior, convenientes o necesarias para los fines de la sociedad, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos necesarios para la realización de estos fines; y j) Toda otra actividad que él o los socios acuerden sean o no complemento para la consecución del objeto social. CAPITAL: $1.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal ni preferencias, presenta la siguiente situación y distribución a esta fecha: doña REBECA IGNACIA MORALES PERALTA, suscribe 50 acciones, que equivalen a $500.000, los cuales paga en este acto, en dinero efectivo; doña CARMEN LUISA GARCÍA CASTRO, suscribe 50 acciones, que equivalen a $500.000, los cuales paga en este acto en dinero efectivo. REPRESENTACIÓN: La representación, uso de la razón social y administración de esta persona jurídica, será ejercida por DOS ADMINISTRADORES, que serán nombrados por él o los accionistas que tengan más del cincuenta por ciento de las acciones emitidas. Los administradores podrán actuar conjunta, separada e individualmente cualquiera de ellos. Los Administradores tendrán la representación judicial y extrajudicial de la sociedad en todo lo que respecta al cumplimiento del objeto social, estando investidos de todas las facultades ordinarias y extraordinarias de administración. En escritura extractada, se procedió a designar como administradores a doña REBECA IGNACIA MORALES PERALTA, y a doña CARMEN LUISA GARCÍA CASTRO, quienes en el ejercicio de sus funciones tendrán todas y cada una de las facultades que señala el pacto social constitutivo y la ley. Demás antecedentes en escritura extractada. Santiago, 7 de mayo 2021.