Instrumento
- Fecha
- 26 de marzo de 2021
- Notario
- GONZALO SERGIO MENDOZA GUIÑEZ
- Domicilio
- Reemplazante de doña Antonieta Mendoza Escalas
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será la realización por cuenta propia o de terceros, o en colaboración con terceros, de las siguientes actividades: A) Inversión en bienes muebles corporales o incorporales de toda clase, como son las acciones, bonos, debentures, pagarés reajustables o no, y, en general, invertir en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos, y percibir sus frutos; B) La adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, subdivisión, loteos y)o urbanización, por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos propios o de terceros; y, C) Todo tipo de estudios, asesorías, servicios y consultorías de carácter comercial, económico, financiero y técnico y cualquier otro, que acordaren los socios, a toda clase de personas, tanto naturales como jurídicas, públicas o privadas, como asimismo a instituciones y empresas en general. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio, o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial podrá participar en toda clase de sociedades, cualquiera sea su
Administración
De manera conjunta por dos administradores. Los administradores serán don Pedro Vidal Avendaño Riveros y doña Teresita Undurraga Ramírez, quienes actuando conjuntamente y anteponiendo a sus firmas el nombre y razón social de la sociedad, la representarán judicial y extrajudicialmente, estando investidos para ello de todas las facultades de administración y disposición de bienes que la Ley o estos Estatutos permitan, sin que sea necesario otorgarles poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan poderes especiales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO SERGIO MENDOZA GUIÑEZ, Notario Público Reemplazante de doña Antonieta Mendoza Escalas, Titular 16º Notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: Por escritura hoy, ante mí, “Acme SpA” representada por don Pedro Vidal Avendaño Riveros, chileno, casado, ingeniero civil, domiciliado en Avenida La Dehesa número 3.579, Comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, e “Inversiones Dos de Julio SpA” representada por doña Teresita Undurraga Ramírez, chilena, casada y separada de bienes, administradora de empresas, domiciliada en Avenida Teresa Vial número 4.455, casa 11, Comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones cuyas estipulaciones principales son las siguientes: Nombre: “INVERSIONES MELMAC SpA”. Domicilio: ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Duración: Indefinida a contar de la fecha escritura extractada. Objeto. El objeto de la sociedad será la realización por cuenta propia o de terceros, o en colaboración con terceros, de las siguientes actividades: A) Inversión en bienes muebles corporales o incorporales de toda clase, como son las acciones, bonos, debentures, pagarés reajustables o no, y, en general, invertir en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos, y percibir sus frutos; B) La adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, subdivisión, loteos y/o urbanización, por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos propios o de terceros; y, C) Todo tipo de estudios, asesorías, servicios y consultorías de carácter comercial, económico, financiero y técnico y cualquier otro, que acordaren los socios, a toda clase de personas, tanto naturales como jurídicas, públicas o privadas, como asimismo a instituciones y empresas en general. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio, o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial podrá participar en toda clase de sociedades, cualquiera sea su objeto. Además, podrá desarrollar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados y ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con el objeto social. Capital: $1.000.000, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción, dará derecho a 1 voto, totalmente suscrito y pagado. Administración: De manera conjunta por dos administradores. Los administradores serán don Pedro Vidal Avendaño Riveros y doña Teresita Undurraga Ramírez, quienes actuando conjuntamente y anteponiendo a sus firmas el nombre y razón social de la sociedad, la representarán judicial y extrajudicialmente, estando investidos para ello de todas las facultades de administración y disposición de bienes que la Ley o estos Estatutos permitan, sin que sea necesario otorgarles poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan poderes especiales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 marzo 2021.