CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

FORTIUS SpA

RUT 13903111-3 CVE 1944018
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
6 de mayo de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
6 de mayo de 2021
Repertorio
6950-2021
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
34° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la Sociedad es: a) La promoción y realización de negocios e inversiones inmobiliarias y asesoría en los mismos; b) Efectuar toda clase de inversiones tendientes a la obtención de rentas y beneficios en bienes raíces, administrarlos, y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que directa o indirectamente se relacionen con los fines señalados; c) El corretaje y la intermediación de propiedades, la compra y venta de inmuebles, estén o no edificados; d) La realización de todas aquellas actividades comerciales que fueran anexas o complementarias al giro principal; y e) La ejecución de cualquier otro negocio que los accionistas acuerden en relación directa o indirecta con el objeto mencionado;

Administración

corresponderá al accionista don ALVARO JAVIER VIAL LUARTE quien, actuando individualmente y anteponiendo a su firma la razón social, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición. Las

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, abogado, Notario Público Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda N°359, Providencia, Santiago, certifica que: Por escritura pública, de fecha 06 de Mayo de 2021, Repertorio N° 6950 - 2021, otorgada ante mí, don ALVARO JAVIER VIAL LUARTE, chileno, soltero, licenciado en educación física, cédula de identidad nacional número 13.903.111-3; y don RAÚL ARANDA SMITH, cédula de identidad nacional número 19.135.311-0, quien compareció en representación convencional de don MARTÍN EGON SEKLER BENAVIDES, chileno, abogado, soltero, cédula de identidad número 16.095.033-1; ambos domiciliados para estos efectos en calle Hernando de Aguirre 1924, departamento C, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron Sociedad por Acciones, cuyos estatutos se extractan a continuación: Razón social: “FORTIUS SpA”; Objeto: El objeto de la Sociedad es: a) La promoción y realización de negocios e inversiones inmobiliarias y asesoría en los mismos; b) Efectuar toda clase de inversiones tendientes a la obtención de rentas y beneficios en bienes raíces, administrarlos, y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que directa o indirectamente se relacionen con los fines señalados; c) El corretaje y la intermediación de propiedades, la compra y venta de inmuebles, estén o no edificados; d) La realización de todas aquellas actividades comerciales que fueran anexas o complementarias al giro principal; y e) La ejecución de cualquier otro negocio que los accionistas acuerden en relación directa o indirecta con el objeto mencionado; Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000 millones de pesos, dividido en 100 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal. Don ALVARO JAVIER VIAL LUARTE suscribió y pagó 80 acciones, esto es, el 80% de las acciones, representativas de la suma de $800.000 mil pesos, al contado y en dinero en efectivo, y don MARTÍN EGON SEKLER BENAVIDES suscribió y pagó 20 acciones, esto es, el 20% de las acciones, representativas de la suma de $200.000 mil pesos, al contado y en dinero en efectivo. Por tanto, el capital de la empresa se encuentra totalmente suscrito y pagado; Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero; Duración: indefinida; Administración, representación y uso de la razón social: corresponderá al accionista don ALVARO JAVIER VIAL LUARTE quien, actuando individualmente y anteponiendo a su firma la razón social, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición. Las demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 12 Mayo 2021. E. Diez M.