Inversiones Namepol Limitada
Instrumento
- Fecha
- 9 de abril de 2021
- Repertorio
- 1853-2021
- Notario
- Jorge Reyes Bessone
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la inversión, tanto en Chile como en el extranjero, en toda clase de bienes, ya sea corporales o incorporales, muebles e inmuebles, incluyendo especialmente, de forma no taxativa y meramente ejemplar, todo tipo de valores mobiliarios, tales como acciones de sociedades anónimas, derechos en otras sociedades, bonos, debentures y toda clase de depósitos en divisas y cualquier otro contrato o convenio que los accionistas estimen como necesario para cumplir con los fines de la sociedad
Administración
La administración y representación de la Sociedad corresponderá al accionista Eduardo Pollak Ben-David
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Reyes Bessone, Notario Público Titular de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera número 4186, comuna de San Miguel, certifica: Por escritura pública repertorio N° 1853-2021, otorgada ante mí con fecha 9 de abril de 2021, Eduardo Pollak Ben-David, Alan Pollak Lanis, y Nicole Pollak Lanis; todos domiciliados para estos efectos en calle Estero de las Rosas número 13.454, comuna de Lo Barnechea, Santiago, en su calidad de únicos y actuales socios de Inversiones Namepol Limitada, sociedad inscrita a Fs.48.812, N°25.289 del Registro de Comercio de Santiago del año 2018; por unanimidad acordaron lo siguiente: Uno. Modificar la Sociedad transformándola en una sociedad por acciones. Razón social: “Inversiones Namepol SpA” pudiendo usar para todos los efectos legales, “Inversiones Namepol”. Duración: Indefinida. Administración: La administración y representación de la Sociedad corresponderá al accionista Eduardo Pollak Ben-David. Domicilio: Ciudad de Santiago. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la inversión, tanto en Chile como en el extranjero, en toda clase de bienes, ya sea corporales o incorporales, muebles e inmuebles, incluyendo especialmente, de forma no taxativa y meramente ejemplar, todo tipo de valores mobiliarios, tales como acciones de sociedades anónimas, derechos en otras sociedades, bonos, debentures y toda clase de depósitos en divisas y cualquier otro contrato o convenio que los accionistas estimen como necesario para cumplir con los fines de la sociedad. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000, dividido en 10.000.000 de acciones de única serie, nominativas y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente y pagado por los accionistas, en la misma proporción en que son dueños de derechos en la sociedad “Inversiones Namepol Limitada”, que se transforma en sociedad por acciones. Dos. Modificar la administración de la Sociedad. Para dar cuenta de la nueva administración, se reemplaza el artículo noveno de los estatutos sociales por el siguiente “Artículo Noveno: La administración y representación de la Sociedad corresponderá a cualquiera de los accionistas, quienes la ejercerán, conjunta o individualmente, de forma directa o actuando a través de sus mandatarios generales, o a través de aquellos especialmente designados ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, de cuya designación o remoción deberá dejarse constancia al margen de la inscripción social. Los administradores, actuando separada e indistintamente, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social”. Tres. Aumentar el capital de la Sociedad desde la suma de $10.000.000, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado, dividido en 10.000.000 acciones de única serie, nominativas y sin valor nominal, a la suma de $406.859.460 pesos íntegramente suscrito y pagado, dividido en 406.859.460 acciones de única serie, nominativas y sin valor nominal. Este aumento de capital será pagado y enterado por el accionista Eduardo Pollak Ben-David, en su calidad de Empresario Unipersonal. Para dar cuenta de la nueva situación social, se reemplazan los artículos quinto y primero transitorio de los estatutos sociales. En todo lo no modificado por este instrumento extractado, permanecen plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó a portador de extracto para legalización. San Miguel, 4 de mayo de 2021.