INMOBILIARIA MN HERNÁNDEZ SpA
Instrumento
- Fecha
- 5 de mayo de 2021
- Notario
- GONZALO HENRIQUEZ ENCAMILLA
- Oficio
- 2º Notaría de Coquimbo
- Comuna
- Coquimbo
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Coquimbo
- Duración
- La Sociedad tendrá una duración de 2 años contados desde la fecha de la presente escritura y se renovará por períodos iguales y sucesivos de 5 años, salvo que con 6 meses de anticipación, a lo menos, a la fecha de la expiración inicial o de cualquiera de sus prórrogas, alguno de los socios manifestare a la otra su decisión de ponerle término mediante declaración formulada por escritura pública que se anotará al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, administración, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena y cualquier otro objeto que los socios acuerden
Administración
La sociedad será administrada por doña NATALIA ANDREA HERNANDEZ BARRAZA y por don MARCO ANTONIO LOPEZ ROJAS, quienes en forma conjunta tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes que el artículo cuarenta de la ley dieciocho mil cuarenta y seis otorga al Directorio de una sociedad anónima, y la ejercerá personalmente o a través de aquel o aquellos mandatarios que designe especialmente para tal efecto, quienes deberán anteponer a sus firmas personal el nombre de la sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO HENRIQUEZ ENCAMILLA, Notario Público Interino de la 2º Notaría de Coquimbo, domiciliado en Bilbao 451, certifica que: Por escritura pública, hoy ante mi, NATALIA ANDREA HERNANDEZ BARRAZA, C.I. N° 17.625.564-1, domiciliada en calle Rio de la Laguna N° 1353, Bosque San Carlos, Coquimbo y MARCO ANTONIO LOPEZ ROJAS, C.I. N° 17.230.099-5, domiciliado en Callejón 43, Ruta Ovalle, Coquimbo, constituyeron sociedad por acciones que se regirá por lo dispuesto en el Artículo 424 y siguientes del Código de Comercio y por las disposiciones de la ley dieciocho mil cuarenta y seis. Nombre: “INMOBILIARIA MN HERNÁNDEZ SpA.” o “INMOBILIARIA MOON OF LIGHT SpA.”.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, administración, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena y cualquier otro objeto que los socios acuerden.- Capital: El Capital es de $10.000.000.- 100 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal que se suscribe, entera y paga según se indica: A) Doña NATALIA ANDREA HERNANDEZ BARRAZA, suscribe en este acto 99 acciones por la suma de $9.900.000.-, que se entera y paga de la siguiente forma: a) $2.000.000.- en éste acto y en dinero efectivo, monto ingresado a la caja de la sociedad y b) $7.900.000.- serán pagados y enterados a la caja social en el plazo de 1 año a contar de la fecha de la presente escritura, al contado y en dinero efectivo, B) Don MARCO ANTONIO LOPEZ ROJAS, suscribe en este acto 1 acción por la suma de $100.000.-, que entera y paga de contado y en dinero efectivo.- Duración: La Sociedad tendrá una duración de 2 años contados desde la fecha de la presente escritura y se renovará por períodos iguales y sucesivos de 5 años, salvo que con 6 meses de anticipación, a lo menos, a la fecha de la expiración inicial o de cualquiera de sus prórrogas, alguno de los socios manifestare a la otra su decisión de ponerle término mediante declaración formulada por escritura pública que se anotará al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Coquimbo, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda abrir o establecer en otras ciudades del país o en el extranjero.- Administración: La sociedad será administrada por doña NATALIA ANDREA HERNANDEZ BARRAZA y por don MARCO ANTONIO LOPEZ ROJAS, quienes en forma conjunta tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes que el artículo cuarenta de la ley dieciocho mil cuarenta y seis otorga al Directorio de una sociedad anónima, y la ejercerá personalmente o a través de aquel o aquellos mandatarios que designe especialmente para tal efecto, quienes deberán anteponer a sus firmas personal el nombre de la sociedad. Demás estipulaciones escritura extractada. Coquimbo, 05 de mayo de 2021.-