Instrumento
- Fecha
- 5 de mayo de 2021
- Notario
- PAULINA VALENZUELA VALDES
- Oficio
- 2° Notaría de Rengo
- Comuna
- Rengo
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio legal de la sociedad estará ubicado en calle Robles dos mil seiscientos sesenta y siete, departamento seiscientos uno B, comuna de Lo Barnechea, Provincia de Santiago, región Metropolitana
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de cinco años a contar de esta fecha, prorrogables tácita y sucesivamente por periodos iguales
Objeto social
El objeto de la sociedad será: Efectuar toda clase de negociaciones, y en especial en todo lo que se encuentre relacionado con el ámbito agrícola. Cultivos forrajeros en praderas mejoradas o sembradas, cultivos suplementarios forrajeros, cultivos de semillas de flores; cultivo de semillas de plantas forrajeras, cultivo de otras plantas perennes, cultivo de flores de corte, cultivo de plantas vivas incluida la producción en viveros. En general esta persona jurídica podrá dedicarse a negocios similares o a aquellos que sus socios estimen necesarios, ya sea que se relacionen o no con el objeto social antes enunciado, pudiendo celebrar todos los actos y contratos, que tiendan a la consecución y cumplimiento de su objeto, más toda otra actividad que sus socios determinen
Administración
La representación y administración de la sociedad les corresponderá doña MARIA CAROLINA DOMINGUEZ ERRAZURIZ y a doña LUISA FERNANDA ESPERANZA PEREZ ALZAMORA, las cuales podrán obrar conjunta o separadamente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAULINA VALENZUELA VALDES, abogado, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Rengo, con oficio en Avenida José Bisquertt numero 75-D, primer piso, certifico: Por escritura pública de fecha 5 de Mayo de 2021, ante mí, doña MARIA CAROLINA DOMINGUEZ ERRAZURIZ, cedula nacional de identidad número 10.576.982-2, y don LUIS FELIPE VARAS VALDES, cedula nacional de identidad número 11.347.669-9, ambos en representación según se acreditará de la sociedad INVERSIONES Y ASESORIAS LOGROÑO Spa, rol único tributario número 76.712.580-1, todos domiciliados para estos efectos en calle Robles 12.667, departamento 601 B, comuna de Lo Barnechea, Provincia de Santiago, región Metropolitana; y por otra doña LUISA FERNANDA ESPERANZA PEREZ ALZAMORA, cedula nacional de identidad número 8.127.331-6, domiciliada en camino Oregón sin número, Rosario, comuna de Rengo, Provincia del Cachapoal, región del Libertador Bernardo O´Higgins, por el presente acto e instrumento constituyen una sociedad por acciones denominada FLORES DE APALTA Spa, de cuyos estatutos, extracto lo siguiente: Razón social: FLORES DE APALTA Spa.- Domicilio: El domicilio legal de la sociedad estará ubicado en calle Robles dos mil seiscientos sesenta y siete, departamento seiscientos uno B, comuna de Lo Barnechea, Provincia de Santiago, región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que los accionistas acuerden establecer, en el país o en el extranjero.- Objeto: El objeto de la sociedad será: Efectuar toda clase de negociaciones, y en especial en todo lo que se encuentre relacionado con el ámbito agrícola. Cultivos forrajeros en praderas mejoradas o sembradas, cultivos suplementarios forrajeros, cultivos de semillas de flores; cultivo de semillas de plantas forrajeras, cultivo de otras plantas perennes, cultivo de flores de corte, cultivo de plantas vivas incluida la producción en viveros. En general esta persona jurídica podrá dedicarse a negocios similares o a aquellos que sus socios estimen necesarios, ya sea que se relacionen o no con el objeto social antes enunciado, pudiendo celebrar todos los actos y contratos, que tiendan a la consecución y cumplimiento de su objeto, más toda otra actividad que sus socios determinen.- Capital Social: El Capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 100 acciones de igual valor, de una serie única, y sin valor nominal, que se suscriben y se pagan en la forma que señalan los artículos transitorios, de estos estatutos.- Duración: La sociedad tendrá una duración de cinco años a contar de esta fecha, prorrogables tácita y sucesivamente por periodos iguales.- Administración: La representación y administración de la sociedad les corresponderá doña MARIA CAROLINA DOMINGUEZ ERRAZURIZ y a doña LUISA FERNANDA ESPERANZA PEREZ ALZAMORA, las cuales podrán obrar conjunta o separadamente.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Rengo, 5 de mayo de 2021.