Agrícola Mamita Paz Limitada
Instrumento
- Fecha
- 21 de abril de 2021
- Repertorio
- 7003-2021
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
El objeto de la sociedad será: La explotación agrícola, ganadera y)o forestal de predios agrícolas propios y)o arrendados o de los que la sociedad tome en medianería u en otra forma de explotación y la comercialización de los productos provenientes de dicha explotación”. En todo lo no modificado por el presente instrumento permanecen plenamente vigentes las estipulaciones del estatuto social de “Agrícola Mamita Paz Limitada”, quedando la responsabilidad de los accionistas limitada hasta el monto de sus respectivos aportes a la Sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33º Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 21 de Abril de 2021, repertorio 7.003-2021, ante mí, MARTIN ZEGERS GREENE, y MARIA DE LA PAZ GREENE CONCHA, por sí y en representación de GABRIELA ZEGERS GREENE, de JOSÉ RAFAEL ZEGERS GREENE y de DOLORES SOFIA ZEGERS GREENE, todos domiciliados para estos efectos en Avenida La Dehesa 1822, oficina 412, Comuna de Lo Barnechea, modificaron la sociedad Agrícola Mamita Paz Limitada, inscrita a foja 8012 número 5638 del Registro de Comercio, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012, en el siguiente sentido: Reemplazaron el artículo tercero de los estatutos por el siguiente: “Artículo Tercero: Objeto. El objeto de la sociedad será: La explotación agrícola, ganadera y/o forestal de predios agrícolas propios y/o arrendados o de los que la sociedad tome en medianería u en otra forma de explotación y la comercialización de los productos provenientes de dicha explotación”. En todo lo no modificado por el presente instrumento permanecen plenamente vigentes las estipulaciones del estatuto social de “Agrícola Mamita Paz Limitada”, quedando la responsabilidad de los accionistas limitada hasta el monto de sus respectivos aportes a la Sociedad. Demás estipulaciones constan en instrumento extractado. Santiago, 04 de Mayo abril de 2021.