CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Laurel Pizzas SpA

RUT 19781967-7 CVE 1940119
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de mayo de 2021
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
3 de mayo de 2021
Repertorio
559-2021
Notario
PATRICIA ELIANA ALVEAR ASTORGA
Domicilio
Titular de San Miguel

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tiene por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIA ELIANA ALVEAR ASTORGA, Notario Público Suplente de la Titular de San Miguel, doña Esmeralda Luz Muñoz Iglesias, con oficio en Gran Avenida 12.536, Comuna de El Bosque, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 03 de Mayo de 2021, ante mí, Repertorio 559- 2.021, don RICARDO ALFONSO SILVA MOLINA, chileno, soltero, estudiante, cédula nacional de identidad N°19.781.967-7, domiciliado en calle Los Laureles número 12359, Comuna de El Bosque, Región Metropolitana, y don NICOLAS MARTIN SILVA MOLINA, chileno, soltero, estudiante, cédula nacional de identidad N°20.147.053-6, domiciliado en calle Los Laureles número 12359, comuna de El Bosque, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad por acciones. Nombre: “Laurel Pizzas SpA”. Domicilio: Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: La sociedad tiene por objeto: I) la elaboración, distribución y venta de pizzas y sus derivados; II) el asesoramiento para el desarrollo de todas las áreas del negocio de pizzería; III) la fabricación, compra, venta, importación, exportación y distribución en general de todos los productos relacionados con la elaboración, distribución y venta de pizzas; y IV) la explotación de restaurantes, cafeterías, bares y pizzerías. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, íntegramente suscrito y pagado. Demás cláusulas constan en la escritura extractada. El Bosque, 3 de Mayo de 2.021.-