CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

NUSA DUA SpA

RUT 12123422-K CVE 1939284
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de mayo de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de mayo de 2021
Repertorio
8572-2021
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
8º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

i) Realizar todo tipo de inversiones, por cuenta propia o de terceros, pudiendo para tal efecto adquirir y enajenar toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en sociedades y cualquier clase de títulos o valores mobiliarios, con la facultad de administrar y explotar dichas inversiones y percibir sus frutos; ii) Administrar toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena; iii) Constituir y participar en todo tipo de sociedades, asociaciones, comunidades y otras; iv) Practicar loteos en bienes inmuebles, construir en ellos obras menores, comercializarlos y mantenerlos; y v) Realizar todo otro negocio o actividad que se relacione directa o indirectamente con los objetivos o fines sociales mencionados

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 3 de mayo de 2021, Repertorio N° 8572-2021, ante mí, PAULA AMENGUAL PAVONE, C.I. N° 12.123.422-K, constituyó una sociedad por acciones, en adelante la “Sociedad”, conforme lo establecido en los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, la cual se regirá para todos los efectos legales por sus estatutos, y en lo no previsto por ellos y, sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza y sus estatutos, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón Social: “NUSA DUA SpA”. Objeto: i) Realizar todo tipo de inversiones, por cuenta propia o de terceros, pudiendo para tal efecto adquirir y enajenar toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en sociedades y cualquier clase de títulos o valores mobiliarios, con la facultad de administrar y explotar dichas inversiones y percibir sus frutos; ii) Administrar toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena; iii) Constituir y participar en todo tipo de sociedades, asociaciones, comunidades y otras; iv) Practicar loteos en bienes inmuebles, construir en ellos obras menores, comercializarlos y mantenerlos; y v) Realizar todo otro negocio o actividad que se relacione directa o indirectamente con los objetivos o fines sociales mencionados. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado en la forma indicada en el artículo primero transitorio. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de extracto para su legalización. Santiago, 4 de mayo de 2021.