MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

LIRIO PAISAJE SpA

RUT 77113105-0 CVE 1938991
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de abril de 2021
Notaría
Santiago de don HERNÁN CUADRA GAZMURI

Instrumento

Fecha
23 de abril de 2021
Notario
JUAN CARLOS ÁLVAREZ DOMÍNGUEZ
Oficio
1ª Notaría Santiago de don HERNÁN CUADRA GAZMURI
Comuna
Santiago de don HERNÁN CUADRA GAZMURI

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Objeto social

- El objeto social corresponderá a: 1) El establecimiento de viveros, huertos y jardines; la producción, la compra, la venta, la distribución, el transporte de todo tipo, el almacenaje en cualquiera de sus formas, -por cuenta propia o ajena-, la exportación, la importación, de toda clase de productos de jardinería, de semillas, plantas, arbustos, pastos y árboles, especies vegetales en general e insumos afines y de toda clase de materiales, elementos y herramientas, relacionados o no con el giro social; 2) El estudio y realización de proyectos de paisajismo, diseño, decoración, construcción, habilitación, conservación, recuperación y remodelación de jardines, huertos, parques, plazas, espacios de toda clase de lugares y áreas verdes en general, sean públicos o privados. Se contemplará, asimismo, la prestación también servicios profesionales de diseño, arquitectura e ingeniería, como toda y cada una de las actividades conexas de consultoría técnica, relacionadas con lo anterior, incluyendo cualquier actividad de servicios personales susceptibles de ser prestados por la sociedad; 3) La dirección la construcción y ejecución de toda clase de obras, instalaciones, montajes y mantenimientos relacionadas o no con el giro social, también la dirección y ejecución de repoblaciones forestales, agrícolas, reforestaciones, así como el mantenimiento y mejora de las mismas; 4) Trabajos de jardinería, plantación, revegetación, reforestación, mantenimiento y conservación de parques, jardines y elementos anexos; 5) La forestación y reforestación de bosques, el estudio y realización de los planes respectivos para aplicar, en terrenos propios o ajenos, las más modernas técnicas de reproducción, conservación, sanidad y producción de la masa forestal, incluyendo su explotación racional, legal y ecológica; 6) La industrialización, el reciclaje, el transporte, la importación, la exportación de toda clase de bienes, muebles e inmuebles, en cualquiera de sus formas; la consultoría, asesoría a personas de derecho privado y público y a terceros, en toda clase de proyectos y emprendimientos, y el aprovechamiento de toda clase de tierras de secano, aptas para forestación y otros cultivos; 7) La compra y la venta de muebles e inmuebles, nuevos o usados; 8) La formación y participación en cualquier tipo de sociedades o asociaciones, nacionales o extranjeras, con personas naturales o jurídicas, a través de la ejecución y celebración de toda clase de actos y contratos y ejecutar operaciones de comercio exterior sobre toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, como, también, la inversión, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, en especial valores mobiliarios, acciones, bonos, debentures, títulos de crédito, pagarés, fondos mutuos, letras hipotecarias, monedas y, en general, todo tipo de instrumentos financieros y efectos de comercio de cualquier clase y naturaleza, por cuenta propia o ajena; 9) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden, y, en general, podrá desarrollar las demás actividades, negocios, actos y contratos, que los socios acuerden, por cuenta propia o ajena, tengan o no relación con los objetivos perseguidos”; y CUATRO) Artículo Décimo Tercero del pacto social, sustituyéndolo por el siguiente: “Artículo Décimo Tercero: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña Paula María Ojeda Risopatrón y a doña Jacinta González Risopatrón, quienes actuando en forma conjunta, y anteponiendo a su firma la razón social, tendrán la representación de la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, con todas y cada una de las facultades indicadas en estructura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN CARLOS ÁLVAREZ DOMÍNGUEZ, abogado, Notario Público, Suplente de la 1ª Notaría Santiago de don HERNÁN CUADRA GAZMURI, Huérfanos 1.160, Of. 101 y 102, certifica: Por escritura pública de hoy ante mí, PAULA MARÍA OJEDA RISOPATRÓN, chilena, casada, paisajista, C.I. N° 9.981.734- 8, con domicilio en Camino el Cajón N° 17.826, comu na Lo Barnechea, Región Metropolitana; y doña JACINTA GONZÁLEZ RISOPATRÓN, chilena, solteras, arquitecta, C.I. N° 15.401.188-9, con dom icilio en El Mayorazgo N° 1.960, comuna Providencia, Región Metropolitana, modifican sociedad PAULA OJEDA RISOPATRÓN SpA, Rut: 77.113.105-0, cuyo extracto se inscribió en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fs. 100.569, Nº 49.189, año 2019 y se publicó en nacional, dividido en 1.000 mil acciones nominativas, misma y única serie, sin valor nominal, totalmente suscritas y pagadas.- Modificaciones consisten en: 1) Doña PAULA MARÍA OJEDA RISOPATRÓN, vende, cede y transfiere 500 acciones, de la que es titular en sociedad PAULA OJEDA RISOPATRÓN SpA, a doña JACINTA GONZÁLEZ RISOPATRÓN, quien las compra, adquiere y acepta para sí en el precio de $1.000.000, que compradora paga a la vendedora al contado, este acto, declarando la vendedora haberlo recibido a su entera y total conformidad, dando por íntegramente pagado y cancelado el precio de venta.- Consecuencia venta acciones señalada, únicas y actuales accionistas de sociedad, acuerdan modificar: UNO) Artículo Primero Transitorio del pacto social en los siguientes términos: “Artículo Primero Transitorio: Capital social asciende a $2.000.000 dividido en 1.000 acciones nominativas, única serie y sin valor nominal, el cual se encuentra suscrito y pagado siguiente forma: i) Doña PAULA MARÍA OJEDA RISOPATRÓN, suscribe la cantidad de 500 acciones por la suma de $1.000.000, ya pagados e ingresados en arcas sociales, a entera satisfacción de sociedad; y ii) Doña JACINTA GONZÁLEZ RISOPATRÓN, suscribe la cantidad de 500 acciones por la suma de $1.000.000, ya pagados e ingresados en arcas sociales, a entera satisfacción de sociedad”; DOS) Artículo Primero del pacto social, remplazándolo por siguiente: “Artículo Primero: El nombre o razón social es LIRIO PAISAJE SpA”; TRES) Artículo Tercero del pacto social, sustituyéndolo por el siguiente: “Artículo Tercero: Objeto Social.- El objeto social corresponderá a: 1) El establecimiento de viveros, huertos y jardines; la producción, la compra, la venta, la distribución, el transporte de todo tipo, el almacenaje en cualquiera de sus formas, -por cuenta propia o ajena-, la exportación, la importación, de toda clase de productos de jardinería, de semillas, plantas, arbustos, pastos y árboles, especies vegetales en general e insumos afines y de toda clase de materiales, elementos y herramientas, relacionados o no con el giro social; 2) El estudio y realización de proyectos de paisajismo, diseño, decoración, construcción, habilitación, conservación, recuperación y remodelación de jardines, huertos, parques, plazas, espacios de toda clase de lugares y áreas verdes en general, sean públicos o privados. Se contemplará, asimismo, la prestación también servicios profesionales de diseño, arquitectura e ingeniería, como toda y cada una de las actividades conexas de consultoría técnica, relacionadas con lo anterior, incluyendo cualquier actividad de servicios personales susceptibles de ser prestados por la sociedad; 3) La dirección la construcción y ejecución de toda clase de obras, instalaciones, montajes y mantenimientos relacionadas o no con el giro social, también la dirección y ejecución de repoblaciones forestales, agrícolas, reforestaciones, así como el mantenimiento y mejora de las mismas; 4) Trabajos de jardinería, plantación, revegetación, reforestación, mantenimiento y conservación de parques, jardines y elementos anexos; 5) La forestación y reforestación de bosques, el estudio y realización de los planes respectivos para aplicar, en terrenos propios o ajenos, las más modernas técnicas de reproducción, conservación, sanidad y producción de la masa forestal, incluyendo su explotación racional, legal y ecológica; 6) La industrialización, el reciclaje, el transporte, la importación, la exportación de toda clase de bienes, muebles e inmuebles, en cualquiera de sus formas; la consultoría, asesoría a personas de derecho privado y público y a terceros, en toda clase de proyectos y emprendimientos, y el aprovechamiento de toda clase de tierras de secano, aptas para forestación y otros cultivos; 7) La compra y la venta de muebles e inmuebles, nuevos o usados; 8) La formación y participación en cualquier tipo de sociedades o asociaciones, nacionales o extranjeras, con personas naturales o jurídicas, a través de la ejecución y celebración de toda clase de actos y contratos y ejecutar operaciones de comercio exterior sobre toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, como, también, la inversión, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, en especial valores mobiliarios, acciones, bonos, debentures, títulos de crédito, pagarés, fondos mutuos, letras hipotecarias, monedas y, en general, todo tipo de instrumentos financieros y efectos de comercio de cualquier clase y naturaleza, por cuenta propia o ajena; 9) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden, y, en general, podrá desarrollar las demás actividades, negocios, actos y contratos, que los socios acuerden, por cuenta propia o ajena, tengan o no relación con los objetivos perseguidos”; y CUATRO) Artículo Décimo Tercero del pacto social, sustituyéndolo por el siguiente: “Artículo Décimo Tercero: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña Paula María Ojeda Risopatrón y a doña Jacinta González Risopatrón, quienes actuando en forma conjunta, y anteponiendo a su firma la razón social, tendrán la representación de la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, con todas y cada una de las facultades indicadas en estructura extractada.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 23 de Abril de 2021.- J.C. Álvarez D., Not. Púb. Sup.-