Instrumento
- Fecha
- 27 de abril de 2021
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tiene por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: a) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración, comprendiéndose especialmente y sin limitación, la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, y, en general, cualquier otro valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; b) la inversión de dineros y)o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles; c) la administración de las mismas inversiones; d) la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven; e) concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, anónimas o de responsabilidad limitada, de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la Sociedad, con voz y voto, en todas ellas; y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte; y, f) en general cualquier otra actividad que acuerden el o lo(s) accionista(s) y que diga relación directa o indirecta con los objetivos anteriores. Para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su
Administración
Corresponderá a Nicolás Arturo Castillo Gennari, con amplias facultades que ejercerá personalmente o por medio de uno o más apoderados designados especialmente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 27 de abril de 2021, REP. N°7819/2021, ante mí: Nicolás Arturo Castillo Gennari, cédula nacional de identidad número18.462.042-1, domiciliado en Los Militares número 4915, departamento 201, comuna de Las Condes, región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones, fijando sus estatutos sociales, de los cuales se extracta: Nombre: “Inversiones Santa Javiera SpA”. Objeto: La Sociedad tiene por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: a) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración, comprendiéndose especialmente y sin limitación, la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, y, en general, cualquier otro valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; b) la inversión de dineros y/o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles; c) la administración de las mismas inversiones; d) la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven; e) concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, anónimas o de responsabilidad limitada, de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la Sociedad, con voz y voto, en todas ellas; y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte; y, f) en general cualquier otra actividad que acuerden el o lo(s) accionista(s) y que diga relación directa o indirecta con los objetivos anteriores. Para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social. Capital: $1.000.000, dividido en 1000 acciones nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por Nicolás Arturo Castillo Gennari. Administración: Corresponderá a Nicolás Arturo Castillo Gennari, con amplias facultades que ejercerá personalmente o por medio de uno o más apoderados designados especialmente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de abril de 2021.-