MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES LA ALBORADA LIMITADA

RUT 76751920-6 CVE 1938176
Notaría
Talca

Instrumento

Notario
JULIO RODRIGO MOVILLO MATTASSI
Oficio
Primera Notaría de Talca
Comuna
Talca

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JULIO RODRIGO MOVILLO MATTASSI, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Talca, con oficio en 1 Norte 963, oficina 103, Talca, CERTIFICA: Por escritura pública del veintiséis de Abril de dos mil veintiuno, ante mí, CARLOS PATRICIO CHAMORRO CACERES, chileno, Ingeniero en Minas, casado, separado totalmente de bienes, Cédula nacional de identidad número ocho millones ochocientos treinta y nueve mil seiscientos quince guion cuatro, domiciliado Longitudinal Sur, kilometro doscientos cuarenta y seis, de la ciudad de Talca y don ROBERTO ENRIQUE VENTURA ALBORNOZ, chileno, casado, separado totalmente de bienes, Ingeniero Civil, Cédula nacional de identidad número ocho millones ochocientos treinta y nueve mil seiscientos quince guion cuatro, domiciliado Longitudinal Sur, kilómetro doscientos cuarenta y seis, de la ciudad de Talca, modificaron sociedad “INVERSIONES LA ALBORADA LIMITADA”, Rut número setenta y seis millones setecientos cincuenta y un mil novecientos veinte guion seis, constituida por escritura pública de fecha veintiuno de diciembre de dos mil seis, otorgada ante don Juan Paulo Soto Garcés, Notario Público suplente del titular don Juan Bianchi Astaburuaga, Notario de la ciudad de Talca, con capital de diez millones de pesos,- cuyo extracto se inscribió a fojas noventa y cuatro, número treinta y nueve, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca, del año dos mil siete.-, los socios de común acuerdo modifican la sociedad en el siguiente sentido; modifican el primer párrafo de la cláusula número quinta de la escritura social, en el sentido que la administración y uso de la razón social corresponderá a ambos socios de manera conjunta, de esta manera el primer párrafo de la cláusula quinta de la escritura social queda de la siguiente forma: “la administración, representación y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a los socios don Carlos Patricio Chamorro Caceres y don Roberto Enrique Ventura Albornoz, quienes para actuar válidamente deberán anteponer la razón social a sus firmas”, en todo lo que no se ha modificado quedan vigentes las actuales estipulaciones sociales.Talca, tres de Mayo de dos mil veintiuno.