INVERSIONES HDJM LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de abril de 2021
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será a) la realización de todo tipo de inversiones, por cuenta propia o ajena, en toda clase de activos, bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, títulos de créditos, acciones, bonos, efectos de comercio, debentures, valores de inversión de renta fija o variable, e instrumentos del mercado de capitales en general, y participación en sociedades de cualquier tipo, pudiendo adquirir toda clase de acciones en sociedades anónimas o en comanditas, derechos en sociedades de personas, comunidades, fundaciones, asociaciones y cuentas en participación; b) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, administración de toda clase de bienes raíces, corretaje u otra forma de explotación de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, pudiendo lotearlos, urbanizarlos, enajenarlos, gravarlos o explotarlos de cualquier manera. Celebrar todos los contratos y actos útiles y necesarios para el objeto indicado, y a cualquier actividad relacionada en la actualidad o en el futuro con la actividad inmobiliaria; c) La prestación de toda clase de servicios, asesoría y consultorías en todo tipo de materias, a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, vía presencial o remota; d) Asimismo, la Sociedad podrá dedicarse a otros negocios o actividades de cualquier índole relacionadas con lo anterior que los socios determinen, tanto en el país como en el extranjero
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción sesenta y cinco, segundo piso, Providencia, certifica: Que por escritura pública de fecha 23 de abril de 2021, ante mí, don HERNÁN LUIS PAIVA PAIVA y doña DANIELA ANDREA PÉREZ CANALES, ambos domiciliados en Las Nalcas Sur número 9.467, casa número 33, comuna de La Florida, Región Metropolitana, Chile; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón social: “INVERSIONES HDJM LIMITADA”, sin perjuicio de lo cual podrá usar también el nombre de fantasía “HDJM LTDA” para fines comerciales y financieros. Objeto: El objeto de la sociedad será a) la realización de todo tipo de inversiones, por cuenta propia o ajena, en toda clase de activos, bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, títulos de créditos, acciones, bonos, efectos de comercio, debentures, valores de inversión de renta fija o variable, e instrumentos del mercado de capitales en general, y participación en sociedades de cualquier tipo, pudiendo adquirir toda clase de acciones en sociedades anónimas o en comanditas, derechos en sociedades de personas, comunidades, fundaciones, asociaciones y cuentas en participación; b) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, administración de toda clase de bienes raíces, corretaje u otra forma de explotación de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, pudiendo lotearlos, urbanizarlos, enajenarlos, gravarlos o explotarlos de cualquier manera. Celebrar todos los contratos y actos útiles y necesarios para el objeto indicado, y a cualquier actividad relacionada en la actualidad o en el futuro con la actividad inmobiliaria; c) La prestación de toda clase de servicios, asesoría y consultorías en todo tipo de materias, a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, vía presencial o remota; d) Asimismo, la Sociedad podrá dedicarse a otros negocios o actividades de cualquier índole relacionadas con lo anterior que los socios determinen, tanto en el país como en el extranjero. Capital: $1.000.000, íntegramente pagados en este acto, en dinero efectivo, de la siguiente forma: a) HERNÁN LUIS PAIVA PAIVA la suma de $900.000 pesos, equivalentes al 90% del capital y derechos sociales; b) DANIELA ANDREA PÉREZ CANALES la suma de $100.000 pesos, equivalente al restante 10% del total del capital y derechos sociales. Administración y uso razón social: HERNÁN LUIS PAIVA PAIVA y DANIELA ANDREA PÉREZ CANALES, separada e indistintamente, facultades indicadas en escritura extractada. Duración: indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 30 de abril de 2021. Andrés Felipe Rieutord Alvarado, Notario Público.