GONZÁLEZ FERNÁNDEZ MONSALVE COMERCIALIZADORA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de abril de 2021
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
- Oficio
- 49º Notaria
Sociedad
- Capital
- $1.500 CLP
- Domicilio
- La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago
- Duración
- Duración de cinco años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a)Procesamiento, Producción, almacenamiento, distribución, comisión, consignación, por cuenta propia o ajena y comercialización de mercaderías, materias primas, importadas o nacionales, compra, venta de productos alimenticios de origen animal, marino y vegetal, en forma natural, congelados, secos, envasados, así como procesamiento artesanal o industrial que dé por resultado un producto o sub producto final a partir de productos importados y)o nacionales de productos y subproductos de origen animal, marino y vegetal para la fabricación de alimentos y sus derivados en todas sus formas para el consumo animal, en la orientación natural BARF (biologically appropiate raw food) para perros y gatos y toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores y cualquier otro
Administración
La administracion, representación y el uso de la razón social corresponderá a GILDA CRISTINA TORRES GONZÁLEZ, CARLOS ALBERTO MONSALVE TORRES y a NELSON ANDRÉS FERNÁNDEZ TORRES, quienes podrán ejercer de manera separada e indistintamente la representación de la sociedad con amplias facultades indicadas en el artículo Quinto del estatuto, que se dan reproducidas íntegramente. Demás disposiciones en escritura extractada. Santiago 27 de Abril 2021
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Público Titular de la 49º Notaria, Amunategui 391, local 1, comuna y ciudad de Santiago Certifico que por escritura pública de fecha 08 de abril de 2021 hoy ante mí comparecen: GILDA CRISTINA TORRES GONZALEZ, C.I. 8.635.625-2 chilena, viuda, factor de comercio, domiciliada en Miguel de Atero 2387 Quinta Normal, Región Metropolitana; NELSON ANDRÉS FERNÁNDEZ TORRES, C.I 16.083.089-1, chileno, casado y separado de bienes, abogado, domiciliado en Huérfanos 1117 oficina 701, Santiago, Región Metropolitana; CARLOS ALBERTO MONSALVE TORRES, Chileno, casado, Abogado, C.I. 11.482.098-9 domiciliado en calle La Gloria 40, departamento 1510, Las Condes, Región Metropolitana, los comparecientes constituyen una sociedad comercial de responsabilidad limitada, de conformidad con las prescripciones de la Ley número 3.918, de 14 de marzo de 1923 y sus modificaciones, teniendo, además, presentes las disposiciones de los Códigos Civil y de Comercio que versan sobre la materia, en todo lo que no se hubiere estipulado en este contrato: Nombre o Razón Social: "GONZÁLEZ FERNÁNDEZ MONSALVE COMERCIALIZADORA LIMITADA", Sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar en todo lugar, inclusive ante los bancos o instituciones financieras y todo organismo publico o privado con el nombre de fantasía de "BARF FT. LTDA”. Domicilio: La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales, en el país o en el extranjero. Duración: Duración de cinco años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social. Objeto: El objeto de la sociedad será: a)Procesamiento, Producción, almacenamiento, distribución, comisión, consignación, por cuenta propia o ajena y comercialización de mercaderías, materias primas, importadas o nacionales, compra, venta de productos alimenticios de origen animal, marino y vegetal, en forma natural, congelados, secos, envasados, así como procesamiento artesanal o industrial que dé por resultado un producto o sub producto final a partir de productos importados y/o nacionales de productos y subproductos de origen animal, marino y vegetal para la fabricación de alimentos y sus derivados en todas sus formas para el consumo animal, en la orientación natural BARF (biologically appropiate raw food) para perros y gatos y toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores y cualquier otro objeto.b)La producción, elaboración, facción por terceros, envases al por mayor, menor y en tarros, paquetes u otros envases individuales; compraventa, importación y exportación de toda clases de alimentos o de productos que sirven, en la actualidad o sirvan, en el futuro, para el consumo humano, especialmente frutas, verduras, gramíneas, farináceos, y productos industriales no naturales; productos cárneos, leche, queso, huevo, yogur, quesillos y otros lácteos; productos líquidos, helados y todo otros producto de la tierra, del mar, de lagos, ríos, mares o del aire, natural o industrial que sirvan de alimento, incluyendo conservas, aceites, y grasas, vino, licores, bebidas de todas especie, en polvo, en jarabe o líquidos listo para consumir y toda la fama de panadería, pastelería y dulces; y en cualquier otra clase de alimentos que se conocen, en la actualidad o existan en el futuro, para el hombre y animales y todo lo relacionado, en cualquier forma, con el ramo alimenticio humano y animal, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerde; c) El estudio, contratación, construcción y explotación de frigoríficos y maquinas de refrigeración y congelación, propios o ajenos, venta o arrendamiento de hielo y frio; faenamiento de toda clase de animales para carne de consumo humano o animal; envasado, elaboración, fraccionamiento, conservación, saladura, ahumación y congelamiento de alimentos; preparación de toda clase de cecinas, grasas, alimentos concentrados, abonos y otros; tratamiento, compra y venta de cueros pieles, pelo, crines; congelamiento, tratamiento y comercialización de huevos, frutas, frutos, pescados, mariscos, hortalizas, hierbas, hojas y demás producto de la tierra, del aire y del mar; el transporte, comercialización, distribución, importación, exportación, intermediación y cualquier convención sobre todos los productos dichos, que se realice, en la actualidad o el futuro. d) El trasporte de mercadería y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte o embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquier forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; y en cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerdan. Capital: $1.500.000 aportado de la siguiente manera: don NELSON ANDRÉS FERNÁNDEZ TORRES, aporta la suma de $499.500 pesos, equivalentes al 33,3% de participación en la sociedad, ingresados en este acto, al contado, en dinero efectivo enterados en las arcas sociales, doña GILDA CRISTINA TORRES GÓNZALEZ, aporta la suma de $501.000, equivalentes al 33,4% de participación en la sociedad, ingresados en este acto, en dinero efectivo, al contado enterados en las arcas sociales y don CARLOS ALBERTO MONSALVE TORRES, aporta la suma de $499.500 pesos equivalentes al 33,3% de participación en la sociedad, ingresados en este acto, al contado, en dinero efectivo enterados en las arcas sociales, enterando así el cien por ciento del capital de la sociedad. ADMINISTRACIÓN: La administracion, representación y el uso de la razón social corresponderá a GILDA CRISTINA TORRES GONZÁLEZ, CARLOS ALBERTO MONSALVE TORRES y a NELSON ANDRÉS FERNÁNDEZ TORRES, quienes podrán ejercer de manera separada e indistintamente la representación de la sociedad con amplias facultades indicadas en el artículo Quinto del estatuto, que se dan reproducidas íntegramente. Demás disposiciones en escritura extractada. Santiago 27 de Abril 2021.