CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Forestal Hermanos Valdivia de la Sotta Limitada

CVE 1938463
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de abril de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
29 de abril de 2021
Notario
ALVARO DAVID GONZÁLEZ SALINAS
Oficio
42ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
Duración
El plazo de duración de la sociedad será de 3 años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se entenderá prorrogado automáticamente por períodos sucesivos y continuos de 3 años cada uno si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término al final del período respectivo que estuviere en vigen¬cia, mediante declaración por escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con una anticipación de a lo menos 6 meses a la fecha del término del período de vigencia o de la prórroga respectiva

Objeto social

El objeto de la sociedad será: (i) la explotación, a cualquier título, de bosques o predios agrícolas, propios o de terceros, y la comercialización de sus productos; (ii) vender o celebrar cualquier otro contrato, que permita enajenar árboles en pie o trozados, con o sin corteza; y (iii) en general toda gestión que diga relación con la explotación forestal en cualquiera de sus aspectos; 6)

Administración

La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a Pedro Samuel Valdivia de la Sotta,a Juan Pablo Valdivia de la Sotta,o a Felipe Andrés Valdivia de La Sotta, actuando conjuntamente dos cualesquiera de ellos; 3)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO DAVID GONZÁLEZ SALINAS, abogado, Notario Público, Titular de la 42ª Notaría Santiago, con oficio en Calle Agustinas Nº 1.070 piso 2, certifico: que por escritura pública de fecha 29 de abril de 2021, ante mí, Pedro Samuel Valdivia De La Sotta, domiciliado en calle Monseñor Escrivá de Balaguer N° 9.547, departamento N° 502B, comuna de Vitacura; Juan Pablo Valdivia De La Sotta, domiciliado en Pasaje La Aurora N° 1816, comuna de Vitacura y Felipe Andrés Valdivia De La Sotta, domiciliado en calle Monitor Araucano N° 680, departamento AC 44, comuna de Providencia; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos son los siguientes: 1) Razón Social: Forestal Hermanos Valdivia de la Sotta Limitada; 2) Administración: La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a Pedro Samuel Valdivia de la Sotta,a Juan Pablo Valdivia de la Sotta,o a Felipe Andrés Valdivia de La Sotta, actuando conjuntamente dos cualesquiera de ellos; 3) Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer sucursales o establecimientos en otros puntos de la República o en el extranjero; 4) Capital: El capital de la sociedad será la cantidad de $3.000.000, el cual se aporta y paga de la siguiente forma: /a/ don Pedro Samuel Valdivia de la Sotta, aporta la cantidad de $1.000.000, esto es, un treinta y tres coma tres por ciento del capital social, suma que se entera en este acto, en dinero efectivo y a entera satisfacción de la Sociedad; /B/ don Juan Pablo Valdivia de la Sotta, aporta la cantidad de $1.000.000, esto es, un treinta y tres coma cuatro por ciento del capital social, suma que se entera en este acto, en dinero efectivo y a entera satisfacción de la Sociedad; y, C) don Felipe Andrés Valdivia de La Sotta aporta la cantidad de $1.000.000, esto es, un treinta y tres coma tres por ciento del capital social, suma que se entera en este acto, en dinero efectivo y a entera satisfacción de la Sociedad. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respec¬tivos aportes. 5) Objeto: El objeto de la sociedad será: (i) la explotación, a cualquier título, de bosques o predios agrícolas, propios o de terceros, y la comercialización de sus productos; (ii) vender o celebrar cualquier otro contrato, que permita enajenar árboles en pie o trozados, con o sin corteza; y (iii) en general toda gestión que diga relación con la explotación forestal en cualquiera de sus aspectos; 6) Duración: El plazo de duración de la sociedad será de 3 años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se entenderá prorrogado automáticamente por períodos sucesivos y continuos de 3 años cada uno si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término al final del período respectivo que estuviere en vigen¬cia, mediante declaración por escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con una anticipación de a lo menos 6 meses a la fecha del término del período de vigencia o de la prórroga respectiva.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de abril de 2021.