SOCIEDAD DE CONTABILIDAD, ASESORIA LEGAL Y FINANCIERA AQUALEX SpA
Instrumento
- Notario
- JORGE CARVALLO VELASCO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santa Cruz
- Comuna
- Santa Cruz
Sociedad
- Domicilio
- Santa Cruz
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La actividad económica que constituirá el objeto o giro de la empresa serán el área de contabilidad, asesoría financiera y asesoría legal según las clasificaciones de actividad del Servicio de Impuestos Internos. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y)o asociada o en coparticipación con terceros, y en ellos todos los que se incluyan en esos rubros específicos según clasificaciones de actividades económicas del Servicio de Impuestos Internos.- Así quedará limitada la responsabilidad de la empresa hasta el monto del capital a mencionar y siempre que dichas obligaciones provengan de los giros u objetos referidos
Administración
Por doña ANDREA DEL CARMEN LUCERO PEÑA. Responsabilidad: Limitada a
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE CARVALLO VELASCO, Notario Público Titular Segunda Notaría de Santa Cruz, con oficio en Calle Claudio Cancino, número 60, Pasaje Marcel, Certifico: Por escritura pública hoy ante mí, doña ANDREA DEL CARMEN LUCERO PEÑA, chilena, contadora, soltera, cédula nacional de identidad número trece millones trescientos cuarenta y ocho mil cuarenta y cuatro guión siete, domiciliada en Armando Jaramillo número cuatrocientos setenta y cinco, comuna de Nancagua, constituyó una sociedad por acciones. Razón social: “SOCIEDAD DE CONTABILIDAD, ASESORIA LEGAL Y FINANCIERA AQUALEX SpA” nombre de fantasía “AQUALEX SpA”. Objeto: La actividad económica que constituirá el objeto o giro de la empresa serán el área de contabilidad, asesoría financiera y asesoría legal según las clasificaciones de actividad del Servicio de Impuestos Internos. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros, y en ellos todos los que se incluyan en esos rubros específicos según clasificaciones de actividades económicas del Servicio de Impuestos Internos.- Así quedará limitada la responsabilidad de la empresa hasta el monto del capital a mencionar y siempre que dichas obligaciones provengan de los giros u objetos referidos.- Capital. El Capital de la sociedad es la suma total de cinco millones de pesos dividido en cincuenta acciones con un valor nominal de cien mil pesos cada una de las acciones, los que suscribe y paga la socia constituyente en este acto en dinero en efectivo y que la sociedad declara recibirlo a su entera satisfacción. Que equivalen al día de hoy al cien por ciento de las acciones del total de la sociedad con un valor nominal de cien mil pesos cada una de las acciones.- Representación y administración: Por doña ANDREA DEL CARMEN LUCERO PEÑA. Responsabilidad: Limitada a aportes. Duración: La sociedad comenzara sus operaciones con esta fecha y su duración será indefinida. Domicilio: Santa Cruz. Demás estipulaciones escritura extractada. Santa Cruz, 14 del año 2021.