PALACIOS Y PALACIOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de abril de 2021
- Notario
- Ricardo Fontecilla Gallardo
- Oficio
- Segunda Notaría de Puerto Varas con Oficio en la comuna de Llanquihue
- Comuna
- Puerto Varas
Sociedad
- Capital
- $600.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santia¬go de la Región Metropolitana
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
Será ejercida por un Administrador. Sin formar parte del estatuto social, los accionistas designan a don Raúl Jorge Palacios González, como administrador con amplias facultades establecidas escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRicardo Fontecilla Gallardo, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Puerto Varas con Oficio en la comuna de Llanquihue, Avenida Vicente Pérez Rosales 213, certifico que ante mí, por escritura pública de fecha 23 de Abril de 2021, don RAUL JORGE PALACIOS GONZALEZ, cédula de identidad número 6.363.756-4; y doña BERNARDITA MARIA MATTHEY CORREA, cédula de identidad número 11.225.483-8; ambos, de paso en esta ciudad, domiciliados, para estos efectos, Avenida Vicuña Mackenna N° 3548 Parcela N° 42, comuna de Peñaflor, Región Metropolitana, únicos y actuales socios de sociedad “PALACIOS Y PALACIOS LIMITADA”, Rol Único Tributario N° 79.985.510-0, inscrita a fojas 3269 número 1750 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1990, publicada en Diario Oficial de fecha 12 de febrero del mismo año, acuerdan transformar la sociedad, “PALACIOS Y PALACIOS LIMITADA”, a sociedad por acciones “PALACIOS Y PALACIOS SpA”, con los siguientes estatutos: Razón Social: “PALACIOS Y PALACIOS SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La elaboración, compra, venta, distribución, comercialización, importación y representación, en cualquiera de sus formas, mercaderías o productos químicos, farmacéuticos en general, cosméticos, de tocador, aceites esenciales y otros similares; b) La explotación de establecimientos o negocios destinados al cumplimiento del objeto señalado previamente; c) La producción, elaboración e industrialización de los productos y subproductos de las especies señaladas y de cualquier elemento o producto apto para ser usado en el rubro de la cosmética y farmacéutica; d) La elaboración, compra, venta, distribución, comercialización, importación y representación, en cualquiera de sus formas, mercaderías o productos alimenticios; e) Las actividades, negocios y operaciones de comercio de importación y exportación de toda clase de productos, maquinarias, equipos, instalaciones y materiales relacionados directamente con las actividades y rubros mencionados; f) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, explotación de estos, ya sea en forma propia o por cuenta de terceros sean estos corporales e incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedad, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración, transferencia, explotación de estas inversiones y percibir frutos; g) La realización de cualquier negocio, industria o actividad, sean éstos de carácter civil o comercial, que se relacionen directa o indirectamente con los anteriores. Para el cumplimiento de estos objetos, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo concurrir a la constitución y/o participación en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquiera otro tipo, comunidades y asociaciones. De la misma forma la sociedad podrá realizar todas las actuaciones necesarias para lograr los objetivos ya señalados, pudiendo en todo momento y para el cumplimiento de los objetos señalados en cada punto, actuar por cuenta propia, como comisionista o mandataria de terceros. Capital: $600.000 dividido en 6.000 acciones, de un valor inicial de $100 cada una, nominativas sin valor nominal, todas de una misma y única serie suscritas y pagadas en conformidad al Artículo Primero Transitorio. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santia¬go de la Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias, oficinas o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. Administración: Será ejercida por un Administrador. Sin formar parte del estatuto social, los accionistas designan a don Raúl Jorge Palacios González, como administrador con amplias facultades establecidas escritura extractada. Demás estipulaciones escritura extractada. Llanquihue, 29 de abril de 2021.