INMOBILIARIA LOS ABETOS S.A.
Instrumento
- Fecha
- 4 de marzo de 2021
- Notario
- MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- Vigésima Séptima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco número cero ciento cincuenta y tres, comuna de Providencia, Santiago, certifico: Por escritura pública con fecha de hoy, ante mí, se redujo Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de “INMOBILIARIA LOS ABETOS S.A.”, sociedad anónima de giro comercial, RUT N°77.324.981-4, inscrita a fojas 1857 número 1230 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año 2020, celebrada con fecha 04 de marzo de 2021, en las oficinas de este oficio, en presencia del notario público que certifica, en la que se acordó: Uno) Modificar el número de miembros integrantes del Directorio de la Sociedad, aumentando su composición actual de tres miembros titulares, a cuatro miembros titulares. Dos) Modificación de Estatuto Social: En consecuencia, los accionistas acuerdan modificar los estatutos sociales de INMOBILIARIA LOS ABETOS S.A., en sus artículos Décimo Primero y Décimo Sexto Permanente, y Segundo Transitorio, según el siguiente tenor: A) “ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: La administración de la sociedad corresponde a un Directorio, sin perjuicio de las facultades que les corresponden a las Juntas de Accionistas. El Directorio estará compuesto de cuatro miembros, quienes podrán ser accionistas o no, y durarán tres años en sus funciones, el cual se renovará en su totalidad al término de cada periodo de tres años, pudiendo uno o más de los Directores ser reelegidos en forma indefinida. Si se produjere la vacancia de un Director, deberá procederse a la renovación total del Directorio en la próxima Junta Ordinaria de Accionistas que deba celebrar la sociedad y, en el intertanto, el Directorio podrá nombrar un reemplazante.” B) “ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO: El Directorio se reunirá en sesiones ordinarias y extraordinarias. Las primeras se celebrarán en las fechas predeterminadas por el propio Directorio y no requerirán citación especial. Las segundas cuando las cite el presidente, por sí o a indicación de uno o más Directores, previa calificación que el Presidente haga de la necesidad de la reunión, salvo que ésta sea solicitada por la mayoría absoluta de los Directores, caso en el cual deberá necesariamente celebrarse la reunión sin calificación previa. Las reuniones de Directorio se constituirán válidamente con la asistencia de la totalidad de sus miembros. Las resoluciones se adoptarán con el voto conforme de la mayoría absoluta de los asistentes con derecho a voto, y en, en caso de empate, decidirá el presidente del Directorio”. C) “ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: Desde esta fecha y hasta el momento en que se celebre la primera Junta Ordinaria de Accionistas, la sociedad será administrada por un Directorio Provisorio integrado por los señores Carlos Eugenio Matthews Infante, Jaime Hernán Matthews Infante, Mireya Patricia Mellard Ibarra, y Denise Inge Hartmann Bujanda. El Directorio Provisorio se sujetará a las mismas normas y tendrá las mismas atribuciones que de acuerdo a la Ley y a estos estatutos corresponden al Directorio Definitivo”. Demás estipulaciones constan escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 12 de marzo de 2021.