COMERCIALIZADORA SALAZAR MUÑOZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de abril de 2021
- Notario
- MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
- Oficio
- 7ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, abogado, Notario Público Titular 7ª Notaría de Santiago, Agustinas 1161, Entrepiso, Certifica: Por escritura pública de 14/04/2021 ante mí: Don JOSÉ ANTONIO SALAZAR BRUNEL, con domicilio en calle José Joaquín Vallejos Nº1437, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, y de paso en ésta; MATÍAS NICOLÁS MUÑOZ LEPE, con domicilio en calle Avenida Portales Nº 5925, comuna de Lo Prado, Región Metropolitana; y don JOSÉ LUIS SALAZAR VILLALOBOS, con domicilio en calle Araucanía Nº 1560, comuna de Cerro Navia, Región Metropolitana. Modifican sociedad “COMERCIALIZADORA SALAZAR MUÑOZ LIMITADA”, RUT 77.054.024-0, constituida el 18 de julio de 2019, ante esta misma Notaría, la que se inscribió a fojas 63.169, Nº 30.852 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2019, que lleva el Conservador de Bienes Raíces de la misma ciudad; y se publicó en el diario oficial de fecha 01 de agosto del año 2019, edición Nº 42.418. Modificándose en las cláusulas siguientes. Se acuerda introducir a la sociedad las siguientes modificaciones: Se retira como socio don MATÍAS NICOLÁS MUÑOZ LEPE, quien vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales a don JOSÉ LUIS SALAZAR VILLALOBOS, quien los compra y adquiere para sí. El precio de esta cesión es la suma de $2.500.000.- que se paga en este acto a su entera satisfacción. De esta forma la sociedad “COMERCIALIZADORA SALAZAR MUÑOZ LIMITADA” o “GALAXY EATS LTDA.”, quedará integrada por los siguientes socios: JOSÉ ANTONIO SALAZAR BRUNEL, con un 70% y JOSÉ LUIS SALAZAR VILLALOBOS, con un 30% de los derechos sociales. ADMINISTRACIÓN Y USO DE RAZÓN SOCIAL: corresponderá de manera conjunta o separadamente a don JOSÉ ANTONIO SALAZAR BRUNEL y/o a don JOSÉ LUIS SALAZAR VILLALOBOS, quien, anteponiendo la razón social a su firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades, estipuladas en la escritura que por este acto se extracta. Las utilidades o pérdidas de la sociedad se distribuirán o soportarán por los socios en misma proporción de sus aportes. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. En todo lo que no se modifica permanece vigente el pacto social original. Otras menciones en escritura extractada. Santiago, 21 de Abril de 2021.-