AGRICOLA FLOR DE LAMPA LIMITADA
Instrumento
- Notario
- GABRIEL GUSTAVO OGALDE RODRIGUEZ
- Oficio
- Tercera Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGABRIEL GUSTAVO OGALDE RODRIGUEZ, Abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaria de Santiago, on oficio en esta ciudad, Avenida Libertador Bernardo O’Higgins n° 3425, Estación Central, certifico, que por escritura pública de hoy, ante mí,: doña PAOLA VERÓNICA ACEVEDO GONZÁLEZ, cédula nacional de identidad número 10.879.791-6, domiciliada en calle Las Higueras n° 110, de la comuna de Lampa, Región Metropolitana; doña SYLVIA DE LAS MERCEDES SALINAS GONZÁLEZ, domiciliada en calle José Bernstein n° 2.721, Independencia, Región Metropolitana cédula nacional de identidad número 6.900.894-1 y MARCO ANTONIO DÍAZ ACEVEDO, cédula de identidad número 17.231.939-4, domiciliado en calle Las Higueras n° 110, comuna de Lampa, Región Metropolitana, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada. La razón social será AGRICOLA FLOR DE LAMPA LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos el nombre de fantasía "PRODUCTOS AGRICOLAS FLOR DE LAMPA LTDA." y con domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana.- El objeto de la sociedad lo constituirán las actividades agrícolas, la ganadería y la forestación; y la explotación de predios propios o ajenos, para lo cual podrá realizar toda clase de actos y celebrar toda clase de contratos, asimismo, podrá realizar, comprar y vender abarrotes, frutas, verduras, productos deshidratados, congelados, procesados, a granel o al por mayor, por cuenta propia o ajena, igualmente podrá distribuir, despachar a domicilio o al extranjero los mismos productos, asimismo podrá comprar, vender y arrendar bienes inmuebles; invertir por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes muebles o inmuebles, derechos, acciones, valores y efectos de comercio; y realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad, sin perjuicio de las demás actividades o negocios conexos con el objeto que los socios acuerden en el futuro.- El capital de la sociedad será la cantidad de $20.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: A.- con la suma de $3.340.0000 que la socia doña PAOLA VERÓNICA ACEVEDO GONZÁLEZ, aporta y paga en este acto y en dinero efectivo. B.- con la suma de $6.660.000 que la socia SYLVIA DE LAS MERCEDES SALINAS GONZÁLEZ, aporta y paga en este acto y en dinero efectivo. Y C.- con la suma de $10.000.000 que el socio MARCO ANTONIO DÍAZ ACEVEDO, aporta y paga en este acto y en dinero efectivo. En consecuencia, corresponderá a cada uno de los socios los siguientes porcentajes: A) la socia PAOLA VERÓNICA ACEVEDO GONZÁLEZ, el 16,7% de los derechos sociales y de las ganancias y pérdidas. B) la socia SYLVIA DE LAS MERCEDES SALINAS GONZÁLEZ, el 33,3% de los derechos sociales y de las ganancias y pérdidas. Y C) el socio MARCO ANTONIO DÍAZ ACEVEDO, el 50% de los derechos sociales y de las ganancias y pérdidas. El domicilio de la Sociedad será la Ciudad de Santiago, sin perjuicio de oficinas, sucursales o agencias en el resto del país o en el extranjero. - La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a la socia doña PAOLA VERÓNICA ACEVEDO GONZÁLEZ, con amplias facultades. La Sociedad tendrá una duración de 5 años contados desde esta fecha, plazo que se entenderá prorrogado en forma tácita por períodos iguales y sucesivos. Demás estipulaciones constan escritura social extractada. Santiago, 15 de marzo del 2021. GOR