Instrumento
- Fecha
- 26 de abril de 2021
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
A) La prestación de servicios médicos comprendido en todas sus áreas y la asesoría y consultoría en el rubro indicado precedentemente; B) La asesoría, consultoría, enseñanza, capacitación y gestión en todo tipo de áreas médicas y proyectos relacionados; C) La realización de toda actividad comercial, pudiendo comprar, vender, arrendar y comercializar todo tipo de bienes muebles e inmuebles y la ejecución de cualquier otra actividad análoga o complementaria necesaria para la consecución de los fines sociales y todo lo relacionado, en la actualidad o en el futuro, con dichas actividades; D) Todas las actividades análogas o complementarias de carácter comercial relacionadas con el giro y toda otra actividad que acuerden los
Administración
Juan Pablo Leiva Figueroa
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 26 de abril de 2021, Rep. N° 7.750-2021, ante mí: JUAN PABLO LEIVA FIGUEROA, médico, C.I. 16.287.035-1 y BELÉN CATALINA VEGA RETAMAL, C.I. 17.317.287-7, ambos en Av. Holanda N° 320, depto. 804, Providencia, Santiago; constituyeron Sociedad por Acciones. Nombre “Zamni LV SPA” Fantasía “ZLV”. Domicilio: Santiago sin perjuicio de ejercer actividades en todo el territorio nacional y en extranjero. Duración: indefinida. Objeto: A) La prestación de servicios médicos comprendido en todas sus áreas y la asesoría y consultoría en el rubro indicado precedentemente; B) La asesoría, consultoría, enseñanza, capacitación y gestión en todo tipo de áreas médicas y proyectos relacionados; C) La realización de toda actividad comercial, pudiendo comprar, vender, arrendar y comercializar todo tipo de bienes muebles e inmuebles y la ejecución de cualquier otra actividad análoga o complementaria necesaria para la consecución de los fines sociales y todo lo relacionado, en la actualidad o en el futuro, con dichas actividades; D) Todas las actividades análogas o complementarias de carácter comercial relacionadas con el giro y toda otra actividad que acuerden los socios. Capital: $10.000.000.-, dividido en 10.000 acciones, sin valor nominal ni preferencias, que constituyentes enteran: Uno. JUAN PABLO LEIVA FIGUEROA suscribe siete mil acciones: a) con un aporte de $2.100.000 en este acto en dinero efectivo a la caja social; b) con un aporte de $4.900.000 por enterar en caja social en un plazo de 3 años contados desde la fecha de suscripción del presente instrumento; B) BELÉN CATALINA VEGA RETAMAL suscribe tres mil acciones: a) con un aporte de $900.000 en este acto en dinero efectivo a la caja social; b) con un aporte de $2.100.000 por enterar en caja social en un plazo de 3 años contados desde la fecha de suscripción del presente instrumento. Administración: Juan Pablo Leiva Figueroa.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 26 de abril de 2021.