MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Flora y Miel SpA

RUT 77316539-4 CVE 1936572
Capital
$15.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de enero de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de enero de 2021
Notario
RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
Oficio
40 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$15.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley 19499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público 40 Notaría de Santiago, Suplente del Titular don Alberto Mozó Aguilar, Teatinos Nº 332, Santiago, certifica: por escritura pública de hoy, ante mí, María Josefina Jarpa Martínez-Conde, cédula de identidad N° 16.609.322-8, con domicilio en calle Las Esteras Norte 2541, comuna Quilicura; sanea en conformidad Ley 19499, extracto de Constitución de Sociedad por Acciones, de fecha 22 de Enero de 2021, ante el Notario Titular, la que se inscribió a fojas 10217 Nº 4623 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2021 y se publicó en el Diario Oficial de 03 de Febrero de 2021, cuya razón social es “FLORA Y MIEL SpA”, en el sentido que habiendo discrepancias entre el extracto y la Constitución de Sociedad, es que se elimina en el mencionado extracto, donde dice “ante mí, Francisco José Jarpa Martínez-Conde, cédula de identidad Nº 16.209.773-3, ingeniero comercial, y María Josefina Jarpa Martínez-Conde, cédula de identidad Nº 16.609.322-8, ambos con domicilio en calle Las Esteras Norte 2541, comuna Quilicura, constituyen sociedad por acciones”, DEBE DECIR “ante mí, María Josefina Jarpa Martínez-Conde, cédula de identidad Nº 16.609.322-8, con domicilio en calle Las Esteras Norte 2541, comuna Quilicura, constituye sociedad por acciones”, y en donde dice “Capital: $15.000.000, dividido en 1.500 acciones nominativas ordinarias, sin valor nominal, todas de una misma serie, capital íntegramente suscrito y pagado en efectivo y en las siguientes proporciones cada uno de ellos: 1) Don Francisco José Jarpa Martínez-Conde con 750 acciones; 2) Doña María Josefina Jarpa Martínez-Conde con 750 acciones; el acto de constitución”, DEBE DECIR “Capital: $15.000.000, dividido en 1.500 acciones nominativas ordinarias, sin valor nominal, todas de una misma serie, capital íntegramente suscrito y pagado en efectivo y en la siguiente proporción, Doña María Josefina Jarpa Martínez-Conde cancela 1.500 acciones; en el acto de constitución”. En lo no mencionado rige pacto social constitutivo.- Santiago, 01 de Abril de 2021.-