MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

EXTRUAL LIMITADA

RUT 76222790-8 CVE 1936397
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
28 de abril de 2021

Instrumento

Fecha
28 de abril de 2021
Notario
RODRIGO ROJAS CASTILLO
Domicilio
Concepción

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
TOMAS ANDRES LEIVA MENDEZ socio 21221363-2
EXTRUAL LIMITADA socio 76222790-8

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO ROJAS CASTILLO, Notario Público de Concepción, con asiento en Avenida Michimalonco N° 1015, San Pedro de la Paz, Certifico: Por escritura pública de fecha 28 de Abril de 2021, ante mí, doña MARIA LORETO MENDEZ ARAYA, chilena, secretaría ejecutiva bilingüe, casada y separada de bienes, CNI N° 8.885.908-1, domiciliada en Manuel Gallinato N° 280, San Pedro de La Paz; don PEDRO ESTEBAN LEIVA ROJAS, chileno, ingeniero de ejecución en mecánica, casado y separado de bienes, CNI N° 9.334.793-5, domiciliado en calle Volcán Nevado N° 1573, comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos, de paso por esta; don TOMAS ANDRES LEIVA MENDEZ, chileno, soltero, estudiante, CNI N° 21.221.363-2, domiciliado en calle Lucas Pacheco N° 2900, comuna de Talagante, Región Metropolitana, de paso por esta y don PEDRO PABLO LEIVA CARO, chileno, soltero, psicólogo, CNI N° 18.414.002-0, domiciliado en calle Móstoles N° 1797, comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos, de paso por esta; modificaron sociedad de responsabilidad limitada EXTRUAL LIMITADA, RUT: 76.222.790-8, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt a Fs. 62 vta. N° 50 del año 2005 y publicó en el Diario Oficial de fecha 03/02/2005. CESION DE DERECHOS.- Doña MARIA LORETO MENDEZ ARAYA, vende su 50% haber social, siguiente forma: a) A PEDRO ESTEBAN LEIVA ROJAS, un 10%, por un precio de $500.000; b) A TOMAS ANDRES LEIVA MENDEZ, un 20% por un precio de $1.000.000; y c) A PEDRO PABLO LEIVA CARO, un 20% por un precio de $1.000.000. MODIFICACION.- UNO) Capital Social, $5.000.000, queda aportado: a) Don PEDRO ESTEBAN LEIVA ROJAS, con $3.000.000, equivalentes a un 60% haber social; b) Don TOMAS ANDRES LEIVA MENDEZ, con $1.000.000, equivalentes a un 20% haber social; y c) Don PEDRO PABLO LEIVA CARO, con $1.000.000, equivalentes a un 20% haber social. Capital íntegramente pagado. DOS) Modifican cláusula DECIMO PRIMERO de los estatutos sociales, reemplazándola por la siguiente: “DECIMO PRIMERO: En caso de fallecimiento de alguno de los socios que sea persona natural, la sociedad continuará con el o los socios sobrevivientes y con los herederos del socio fallecido, quienes deberán designar un procurador común que los represente para actuar en la sociedad, procurador que no tendrá facultades para administrar ni representar a la sociedad ni hacer uso de su razón social. La representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderán, desde la fecha del fallecimiento, a él o los socios sobrevivientes con las mismas facultades indicadas en la cláusula séptima de estos estatutos“. TRES) Modifican la cláusula OCTAVO de los estatutos sociales, en el sentido que la participación de utilidad y pérdidas de los socios será la siguiente: “OCTAVO: Las utilidades y pérdidas que arroje cada ejercicio se repartirán entre los socios en proporción a su participación en el capital de la sociedad”. Demás estipulaciones en escritura extractada. En San Pedro de la Paz, 28 Abril 2021.