Instrumento
- Fecha
- 8 de abril de 2021
- Notario
- GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO
- Oficio
- Titular de la Décima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.500.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: A) Asesorías profesionales en Ciencias de la Salud. B) La Comercialización, compra, venta, de artículos e insumos sanitarios. C) Prestación de servicios de selección de personal. D) La Comercialización, compra y venta de libros, revistas, Pendrive, Dvd, Blueray y videos. E) Importación y exportación de artículos sanitarios. F) La Prestación de servicios publicitarios, marketing y Merchandising. G) Realizar consultorías y ejecución de proyectos sociales o de la salud con fondos tanto públicos como privados para apoyar pedagógicamente en los procesos a sociedades, corporaciones o fundaciones con procedimientos de alta o baja complejidad en el área de la salud. También en el área del derecho sanitario o cualquiera que requiera una profundización de contenidos en cuanto a las prácticas necesarias para el ejercicio de sus funciones como profesionales en el área de la salud. H) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compra, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actividad o en el futuro, con lo dicho y cualquier otro negocio que acordaren los socios o accionistas, y todas aquellas actividades que sean necesarias para la consecución del giro anteriormente expuesto. I) Capacitar a toda persona que haya concursado, ganado y adquirido por este medio los fondos de capacitaciones para así desempeñarse de una óptima forma en cuanto a sus obligaciones o funciones como en el utensilio de estrategias o técnicas en el área de la salud por parte de esta sociedad
Administración
Según el ARTÍCULO SÉPTIMO y el ARTÍCULO NOVENO del estatuto social permanente, la administración de la sociedad será ejercida provisionalmente por don Emilio Alberto Brovarone Henríquez, quien tendrá también el carácter de gerente general de la sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular de la Décima Notaría de Santiago, VALERIA RONCHERA FLORES, con oficio en Agustinas 1235, segundo piso, certifico: Por escritura pública de fecha 8 de abril de 2021, otorgada ante mí, Dago Ismael Pérez Valdivia, c.i. N° 15.507.439-6; Acsa Jael Pérez Valdivia, c.i. N° 17.620.973-9; y, Emilio Alberto Brovarone Henríquez, c.i. N° 10.230.827-1, todos con domicilio en esta ciudad, calle Rubén Darío 3019, comuna de Recoleta, constituyeron una sociedad por acciones con el nombre de EXODO CONSULTORES SpA pudiendo usar nombre de fantasía EXODO SpA. Domicilio: ciudad de Santiago. Objeto: El objeto de la sociedad será: A) Asesorías profesionales en Ciencias de la Salud. B) La Comercialización, compra, venta, de artículos e insumos sanitarios. C) Prestación de servicios de selección de personal. D) La Comercialización, compra y venta de libros, revistas, Pendrive, Dvd, Blueray y videos. E) Importación y exportación de artículos sanitarios. F) La Prestación de servicios publicitarios, marketing y Merchandising. G) Realizar consultorías y ejecución de proyectos sociales o de la salud con fondos tanto públicos como privados para apoyar pedagógicamente en los procesos a sociedades, corporaciones o fundaciones con procedimientos de alta o baja complejidad en el área de la salud. También en el área del derecho sanitario o cualquiera que requiera una profundización de contenidos en cuanto a las prácticas necesarias para el ejercicio de sus funciones como profesionales en el área de la salud. H) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compra, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actividad o en el futuro, con lo dicho y cualquier otro negocio que acordaren los socios o accionistas, y todas aquellas actividades que sean necesarias para la consecución del giro anteriormente expuesto. I) Capacitar a toda persona que haya concursado, ganado y adquirido por este medio los fondos de capacitaciones para así desempeñarse de una óptima forma en cuanto a sus obligaciones o funciones como en el utensilio de estrategias o técnicas en el área de la salud por parte de esta sociedad. Duración: indefinida. Capital y Acciones: $1.500.000, dividido en 1.500 acciones, todas nominativas, que son aportadas en tres series de quinientas acciones, que los constituyentes pagan en un acto anterior a la firma de esta sociedad de contado y en dinero efectivo. En consecuencia el capital queda íntegramente suscrito y pagado. Administración. Según el ARTÍCULO SÉPTIMO y el ARTÍCULO NOVENO del estatuto social permanente, la administración de la sociedad será ejercida provisionalmente por don Emilio Alberto Brovarone Henríquez, quien tendrá también el carácter de gerente general de la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de abril de 2021.