CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

COMPRA Y VENTA DE ARTÍCULOS DE CONSTRUCCIÓN, FERRETERÍA Y ALIMENTOS SpA

RUT 14205876-6 CVE 1936373
Capital
$50.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de abril de 2021
Notaría
Concepción

Instrumento

Fecha
23 de abril de 2021
Repertorio
1316/2021
Notario
MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO
Oficio
Sexta Notaría de Concepción
Comuna
Concepción

Sociedad

Capital
$50.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO, Notario Público Titular Sexta Notaría de Concepción, oficio Colo-Colo 304, Concepción, certifico: por escritura pública de 23 de Abril de 2021, Repertorio N°1.316/2021, ante mí comparecen: FERNANDO ALBERTO VELOSO OLIVA, chileno, Ingeniero en prevención de riesgos, casado, separado totalmente de bienes, cédula de identidad N°14.205.876-6 , nacido el 12 de enero de 1981, 40 años, domiciliado en calle Bureo N° 2387, Andalué, comuna de San Pedro de la Paz, en adelante “ el socio” y doña PAULA ANDREA PARRA RODRIGUEZ, chilena, enfermera, casada, separada totalmente de bienes, cédula de identidad N° 15.876.729-5, nacida el 24 de febrero de 1985, 36 años, domiciliada en calle Bureo N° 2387, Andalué, comuna de San Pedro de la Paz ,en adelante “ la socia” PRIMERO. ANTECEDENTES: Que, por escritura pública de fecha 11 enero del año 2019 ante Notario Público de Concepción don Mario Patricio Aburto Contardo bajo el repertorio N°161/2019 se constituyó sociedad por acciones denominada COMPRA Y VENTA DE ARTÍCULOS DE CONSTRUCCIÓN, FERRETERÍA Y ALIMENTOS SpA ó COEPSA EXPRESS SpA.- Que, el extracto de dicha sociedad fue publicado en el Diario Oficial con fecha 21 de enero de 2019 bajo el número 42.259.- Que, al momento de solicitar la inscripción en el Registro de Comercio de San Pedro de la Paz, éste señaló que existía reparos en la caratula folio N°265409, reparos que dicen relación con el capital del artículo segundo transitorio de la escritura y aclarar el extracto en cuanto a su capital.- SEGUNDO SANEAMIENTO: Atendido lo expuesto precedentemente y de conformidad a lo dispuesto en la Ley numero diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve y el inciso segundo del artículo cuatrocientos veintiocho del Código de Comercio, los accionistas de la sociedad vienen por este acto y por el presente instrumento, en sanear los vicios formales en que se incurrió en el artículo segundo transitorio de la escritura social indicada en circunstancias que se debió señalar lo siguiente “ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO: “El capital social de cincuenta millones de pesos dividido en cinco mil acciones nominativas, de una misma serie y con valor nominal de diez mil pesos cada una, se aporta, suscribe y paga de la siguiente forma: en efectivo y en este acto, suscribe y paga -el socio- cuatro mil acciones por la suma de cuarenta millones de pesos, equivalente a un ochenta por ciento del capital, y la socia aportará, dentro del plazo de cinco años, la cantidad de mil acciones equivalente a diez millones de pesos, equivalentes al veinte por ciento del capital, a contar de la fecha de la firma de la presente escritura.” Capital social vigente:$50.000.000.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- CONCEPCION, 27 de Abril de 2021.- lvs/