SOCIEDAD AGRICOLA LOMILLAS DE CORRALONES M y B LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de junio de 2016
- Notario
- TEODORO PATRICIO DURÁN PALMA
- Oficio
- Quinta Notaría de Talca
- Comuna
- Talca
Sociedad
- Capital
- $123.220.000 CLP
Administración
- La administración general, representación y uso de la razón social le corresponderá a la socia doña MARIA ORFILIA VILLAGRA SEPULVEDA, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma la obligará y representará, con las más amplias facultades, a la sociedad, en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario y, en especial, en la celebración de los siguientes actos o contratos: Comprar, vender, permutar, aportar, AUTOCONTRATAR y en general enajenar toda clase de bienes muebles o inmuebles, sin limitación alguna; con las mismas facultades de representación enumeradas en la cláusula cuarta ya referida e indicada en los estatutos sociales constitutivos, y que se entiende forman parte integrante de la presente escritura”. En lo no modificado, permanecen vigentes las estipulaciones del pacto social constitutivo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalTEODORO PATRICIO DURÁN PALMA, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Talca, con oficio en 1 Norte Nº 888 de Talca, certifico: Por escritura pública, otorgada hoy, ante mí, doña MARIA ORFILIA VILLAGRA SEPULVEDA y don BERNARDO DANIEL AYALA ROSALES, ambos con domicilio en calle 16 ½ Norte B Nº1819, de Talca, modificaron “SOCIEDAD AGRICOLA LOMILLAS DE CORRALONES M y B LIMITADA”, Rut Nº 77.324.901-6, constituida por escritura pública de 07 de junio de 2016, otorgada ante Notario Público de Talca, don Teodoro Patricio Durán Palma, extracto inscrito a fojas 1516, Nº 611 del año 2016, en Registro de Comercio de Talca, con un capital de $123.220.000.- , en siguiente sentido: Modifican cláusula cuarta estatuto social de la siguiente forma: “CUARTO: Administración y uso de la Razón social.- La administración general, representación y uso de la razón social le corresponderá a la socia doña MARIA ORFILIA VILLAGRA SEPULVEDA, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma la obligará y representará, con las más amplias facultades, a la sociedad, en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario y, en especial, en la celebración de los siguientes actos o contratos: Comprar, vender, permutar, aportar, AUTOCONTRATAR y en general enajenar toda clase de bienes muebles o inmuebles, sin limitación alguna; con las mismas facultades de representación enumeradas en la cláusula cuarta ya referida e indicada en los estatutos sociales constitutivos, y que se entiende forman parte integrante de la presente escritura”. En lo no modificado, permanecen vigentes las estipulaciones del pacto social constitutivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Talca, 26 de abril de 2021.-