MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES KALAM CHILE LIMITADA

RUT 59190140-0 CVE 1935600
Fecha instrumento
5 de marzo de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de marzo de 2021
Repertorio
4175-2021
Notario
KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
Domicilio
don ANDRES RIEUTORD ALVARADO
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Público Suplente de don ANDRES RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular 36° Notaría Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2, Providencia, Región Metropolitana, certifico: Que por escritura de fecha 05 de marzo de 2021, Repertorio N° 4.175-2021, ante el Notario Titular don EMMANUEL EDUARD BAEZA GARCÍA, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número 12.513.865-9, domiciliado en calle Alfredo Barros Errázuriz número 1954, oficina 1305, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; por sí y también en representación de don RAMÓN ANTONIO MAYO FERNÁNDEZ, español, casado, Empresario, documento nacional de identidad español número 5.346.854 K, y rol único tributario número 48.161.073-7, y a su vez, en representación de PROYECTOS Y REHABILITACIONES KALAM S.A., sociedad legalmente constituida bajo las leyes del Reino de España, perteneciente al giro de su denominación, número de identificación fiscal español A-78.518.255 y rol único tributario número 59.187.350-4, todas domiciliados para estos efectos en calle Girardi número 1082, comuna de Providencia, Región Metropolitana; JAVIER ANTONIO LATORRE ZUBIRI, español, divorciado, Restaurador de Bienes Culturales, cédula nacional de identidad para extranjeros número 25.058.214-5, domiciliado en calle Doctor Pedro Lautaro Ferrer número 3420, departamento 405, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en representación, de don RAMÓN MAYO GARIJO, español, divorciado, Responsable Desarrollo de Negocios, pasaporte español número PAD 796096, ambos domiciliados en calle Girardi número 1082, comuna de Providencia, Región Metropolitana; modificaron la sociedad de responsabilidad limitada INVERSIONES KALAM CHILE LIMITADA, Rol Único Tributario número 59.190.140-0, inscrita a Fojas 22724 Número 14985 del año 2013, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Modificaciones consisten: CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES. Don RAMÓN ANTONIO MAYO FERNÁNDEZ, así como la sociedad PROYECTOS Y REHABILITACIONES KALAM S.A., ceden la totalidad de sus derechos sociales, a don EMMANUEL EDUARD BAEZA GARCÍA y a don RAMÓN MAYO GARIJO, en las siguientes condiciones: a) Don RAMÓN ANTONIO MAYO FERNÁNDEZ, vende, cede y transfiere a don EMMANUEL EDUARD BAEZA GARCÍA, quien compra, adquiere y acepta para sí, la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al 1% de la sociedad INVERSIONES KALAM CHILE LIMITADA. El precio de la cesión es la suma de $50.000.- pesos; y b) La sociedad PROYECTOS Y REHABILITACIONES KALAM S.A., vende, cede y transfiere a don RAMÓN MAYO GARIJO, quien compra, adquiere y acepta para sí, la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al 99% de la sociedad INVERSIONES KALAM CHILE LIMITADA. El precio de la cesión es la suma de $4.950.000.- pesos. QUINTO: MODIFICACIÓN DE SOCIEDAD. Como consecuencia de la cesión don RAMÓN ANTONIO MAYO FERNÁNDEZ y la sociedad PROYECTOS Y REHABILITACIONES KALAM S.A. dejan de ser socios de la sociedad INVERSIONES KALAM CHILE LIMITADA, siendo reemplazados, en forma íntegra, tanto en derechos como obligaciones, por don EMMANUEL EDUARD BAEZA GARCÍA y por don RAMÓN MAYO GARIJO, respectivamente, modificándose tanto la cláusula primera como la cláusula quinta de la Constitución de la sociedad, quedando de la siguiente forma: a) “PRIMERO: Don EMMANUEL EDUARD BAEZA GARCÍA y don RAMÓN MAYO GARIJO, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada que se regirá por el presente instrumento y, en lo no estipulado en él, por las disposiciones especiales de la Ley tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, como asimismo, por las disposiciones pertinentes del Código Civil y del Código de Comercio”; b)“QUINTO: El capital social será la suma de cinco millones de pesos, que los socios aportan y pagan de la siguiente manera: Uno)Don EMMANUEL EDUARD BAEZA GARCÍA, la suma de cincuenta mil pesos, que equivalen al uno por ciento de los derechos sociales, y que se encuentran enterados y pagados, en conformidad a su adquisición mediante escritura pública de fecha 05 de marzo del año dos 2021; y Dos) Don RAMÓN MAYO GARIJO, la suma de cuatro millones novecientos cincuenta mil pesos, que equivalen al noventa y nueve por ciento de los derechos sociales, y que se encuentran enterados y pagados, en conformidad a su adquisición mediante escritura pública de fecha 05 de marzo del año 2021.” Del mismo modo, los nuevos socios deciden cambian la razón social de la sociedad, abandonando el nombre INVERSIONES KALAM CHILE LIMITADA, modificando la cláusula segunda de la escritura de constitución de sociedad, quedando ésta de la siguiente forma: “SEGUNDO: El nombre o razón social de la sociedad es “INVERSIONES ECER LIMITADA”, pudiendo utilizar en forma indistinta la abreviatura o nombre de fantasía “ECER LIMITADA” o “ECER LTDA”, sea para fines comerciales, publicitarios, financieros o, inclusive, bancarios.” Por otra parte, los nuevos socios consienten en adecuar la actual administración de la sociedad, modificando, para ello, la cláusula séptima de la escritura de constitución de sociedad, en el sentido de establecer que la Administración, Representación y uso de la Razón Social, corresponderá conjunta o separadamente, en forma indistinta, a don EMMANUEL EDUARD BAEZA GARCÍA y a don RAMÓN MOYA GARIJO, con las mismas facultades que la cláusula séptima de la escritura de constitución de la sociedad. En lo no modificado rigen íntegra y totalmente los estatutos sociales. Otras estipulaciones constan de la escritura extractada.- Santiago 26 de marzo de 2021.-