CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD COMERCIAL SUNSET SpA

CVE 1934156
Fecha instrumento
16 de abril de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
16 de abril de 2021
Notario
MARÍA BEATRIZ ALFARO HERNÁNDEZ
Oficio
Titular de la 17º Notaria Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
- La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago

Objeto social

- La representación legal, la administración y el uso de la razón social corresponderá a JOSÉ ANTONIO ARAVERNA VADÉS; la administración de la sociedad así como el uso de la razón social corresponderá además a JOSÉ ANTONIO ARAVENA FARIÑA en su calidad de Gerente General, por lo tanto, anteponiendo la razón social a sus firmas, actuarán por la sociedad siempre en forma individual o de consuno, ostentando las más amplias facultades de administración, pudiendo hacer concurrir a la sociedad a la formación de nuevas personas jurídicas de cualquier índole o para obligarla en toda clase de actos o contratos y sin que la enumeración que sigue sea taxativa, podrán indistintamente entre otros: Abrir y cerrar cuentas corrientes bancarias en moneda nacional o extranjera, girar y sobregirar en cuenta corriente mediante procedimientos cibernéticos y)o telefónicos; girar, depositar, endosar, revalidar, cancelar, dar orden de no pago y hacer protestar cheques y otros documentos a la vista; retirar talonarios de cheques, solicitar y reconocer saldos, abrir y cerrar cuentas de ahorro a la vista o a plazo y realizar depósitos y retiros o giros en las mismas; Girar, aceptar, re aceptar, suscribir, endosar en dominio, en garantía o en comisión de cobranza, cobrar, hacer cobrar, protestar, hacer protestar, descontar, cancelar letras de cambio, pagarés, cheques y cualquier clase de instrumento negociable o efectos de comercio; Contratar toda clase de operaciones de crédito bajo la ley dieciocho mil diez, esto es, créditos bajo la forma de apertura de líneas de crédito, préstamos o mutuos, préstamos con letras o avances contra aceptación o contra valores descuentos, créditos o avances en cuenta corriente. Realizar toda clase de operaciones de comercio exterior, exportaciones, importaciones de toda clase de bienes; abrir y modificar registros o informes de importación y anexas a los mismos, pudiendo firmar todos los documentos necesarios. Retirar mercaderías de Aduanas. Representar a la sociedad ante el Banco Central de Chile y Bancos comerciales en todo lo relativo a comercio exterior. Celebrar, modificar, dejar sin efecto, anular, resolver, resciliar, prorrogar, terminar, disolver, renovar y poner término a toda clase de contratos o actos jurídicos. Comprar, vender, permutar, aportar y, en general, enajenar toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, entre ellos valores mobiliarios y acciones, pactando precios, condiciones, plazos y

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA BEATRIZ ALFARO HERNÁNDEZ, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular de la 17º Notaria Santiago, doña MARÍA ANGÉLICA GALÁN BÄUERLE, con oficio en Ahumada 236, 3º Piso, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 14 de Abril del 2021, otorgada ante la Titular, don JOSÉ ANTONIO ARAVENA VALDÉS, chileno, soltero, comerciante, cédula Nacional de Identidad número diecisiete millones setecientos tres mil ochocientos tres guión dos, con domicilio en Calle San Diego número ochocientos cincuenta, Comuna de Santiago, Región metropolitana, viene en constituir la sociedad por acciones, Nombre: "SOCIEDAD COMERCIAL SUNSET SpA". Sin embargo, la compañía podrá funcionar y actuar, inclusive ante los bancos, con el siguiente nombre de fantasía, “SOCIEDAD SUNSET SpA”, El objeto de la sociedad será entre otros: UNO.- La importación, exportación, compra venta, arrendamiento y cualquier otra forma de explotación comercial, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes muebles; DOS.-La organización, administración, difusión y producción, por cuenta propia y ajena, de toda clase de actividades y espectáculos culturales, sociales, artísticos, gastronómicos, recreativos, deportivos, turísticos y en general, de toda clase de eventos, sean públicos o privados y de carácter masivo sea en recintos o espacios cerrados tales como teatros, gimnasios o recintos techados, y también en recintos de espacios libres tales como estadios u otro similar; seminarios, exposiciones, encuentros y toda clase de reuniones que digan relación con el giro de la sociedad; La contratación, adquisición, instalación, administración, explotación y arrendamiento de restaurantes, casinos, cafeterías, Bares, centros de eventos, teatros, gimnasios y cualquier otro establecimiento similar por cuenta propia o ajena: la contratación y prestación de servicios de audio, iluminación, publicidad o promoción, marketing u otro relacionada; la venta, enajenación, arrendamiento o cualquier forma de explotación comercial de equipos y soportes de audio, video e iluminación; TRES.- La inversión en todo tipo de bienes raíces, por cuenta propia o por cuenta ajena; como así mismo la administración y explotación de estos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o por cuenta ajena. CUATRO.- La contratación de empresas de todo tipo, respecto de la gestión de negocios relacionados a la producción de eventos, o actos masivos, contratación de servicios televisivos, radiofónicos, escritos u On Line (Internet); CINCO.- Producción, comercialización, venta, compra o análogo de Agua envasada o sin envasar. SEIS.- Producción, comercialización, venta, compra importación o exportación de Licores o análogos, así como los insumos necesarios para su producción, tanto en su versión de venta al por mayor o al detalle. SIETE.- Comercialización de centro de eventos propio o de terceros o arrendamiento del mismo, OCHO.- Instalación, comercialización, desarrollo y explotación de restaurant, fuente de soda, o análogo, NUEVE.- Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su comercio o negocio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad Limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia gestora o comandita en éstas últimas. Además podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación al objeto social.- La representación legal, la administración y el uso de la razón social corresponderá a JOSÉ ANTONIO ARAVERNA VADÉS; la administración de la sociedad así como el uso de la razón social corresponderá además a JOSÉ ANTONIO ARAVENA FARIÑA en su calidad de Gerente General, por lo tanto, anteponiendo la razón social a sus firmas, actuarán por la sociedad siempre en forma individual o de consuno, ostentando las más amplias facultades de administración, pudiendo hacer concurrir a la sociedad a la formación de nuevas personas jurídicas de cualquier índole o para obligarla en toda clase de actos o contratos y sin que la enumeración que sigue sea taxativa, podrán indistintamente entre otros: Abrir y cerrar cuentas corrientes bancarias en moneda nacional o extranjera, girar y sobregirar en cuenta corriente mediante procedimientos cibernéticos y/o telefónicos; girar, depositar, endosar, revalidar, cancelar, dar orden de no pago y hacer protestar cheques y otros documentos a la vista; retirar talonarios de cheques, solicitar y reconocer saldos, abrir y cerrar cuentas de ahorro a la vista o a plazo y realizar depósitos y retiros o giros en las mismas; Girar, aceptar, re aceptar, suscribir, endosar en dominio, en garantía o en comisión de cobranza, cobrar, hacer cobrar, protestar, hacer protestar, descontar, cancelar letras de cambio, pagarés, cheques y cualquier clase de instrumento negociable o efectos de comercio; Contratar toda clase de operaciones de crédito bajo la ley dieciocho mil diez, esto es, créditos bajo la forma de apertura de líneas de crédito, préstamos o mutuos, préstamos con letras o avances contra aceptación o contra valores descuentos, créditos o avances en cuenta corriente. Realizar toda clase de operaciones de comercio exterior, exportaciones, importaciones de toda clase de bienes; abrir y modificar registros o informes de importación y anexas a los mismos, pudiendo firmar todos los documentos necesarios. Retirar mercaderías de Aduanas. Representar a la sociedad ante el Banco Central de Chile y Bancos comerciales en todo lo relativo a comercio exterior. Celebrar, modificar, dejar sin efecto, anular, resolver, resciliar, prorrogar, terminar, disolver, renovar y poner término a toda clase de contratos o actos jurídicos. Comprar, vender, permutar, aportar y, en general, enajenar toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, entre ellos valores mobiliarios y acciones, pactando precios, condiciones, plazos y demás cláusulas, estipulaciones y modalidades, con o sin pacto de retro compra o venta. Depositar y retirar mercaderías o bienes en almacenes generales de depósito y en Almacenes de Aduanas, dejar mercaderías en consignación y otorgar mandatos al efecto, endosar vales de depósito y prenda. Celebrar, modificar y poner término a toda clase de contrato de trabajo y de prestación de servicio, sean ellos profesionales o no. Celebrar y modificar contratos colectivos. Firmar actas de avenimiento y otorgar finiquitos. Realizar y pactar la extinción de toda clase de obligaciones de pago, novación, compensación o cualquier otra forma de extinguir obligaciones. Pedir y otorgar rendiciones de cuenta. Convenir, aceptar y pactar estimaciones de perjuicio, cláusulas penales y multas. Celebrar toda clase de contratos de transporte y fletamiento, sea como fletante, fletador o beneficiario. Ingresar a sociedades ya constituidas, constituir sociedades de cualquier tipo, cooperativas, asociaciones gremiales, asociaciones o cuentas en participaciones, sociedades anónimas, modificarlas, disolverlas, liquidarlas, dividirlas y fusionarlas y transformarlas de un tipo a otros; formar parte de comunidades, pactar en indivisión, designar administradores proindiviso. Constituir a la sociedad en fiadora y codeudora solidaria, otorgar y aceptar fianzas simples y solidarias, avalar letras de cambio, pagarés y toda clase de instrumentos negociables, sea para caucionar obligaciones propias o ajenas. Aceptar, posponer y cancelar toda clase de garantías. Constituir y aceptar usufructos, fideicomisos, servidumbres y censos. Representar a la sociedad ante toda clase de personas, naturales o jurídicas, de derecho público o privado, entre ellas, el Servicio de Impuestos Internos, el Servicio de Aduanas, Administradoras de Fondos de Pensiones, Bancos y, la Corporación de Fomento de la Producción. En el caso del representante legal asignado en esta escritura pública, representar en juicio a la sociedad ante toda clase de tribunales, ordinarios o especiales, con las facultades señaladas por ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, esto es, desistirse en primera instancia de la demanda o acción deducida, aceptar la demanda contraria, renunciar a los recursos o a los términos legales, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, aprobar convenios judiciales y extrajudiciales, percibir, otorgar quitas o esperas y absolver posiciones. La facultad de transigir comprende también la transacción extrajudicial. Otorgar mandatos, generales o especiales, pudiendo otorgar a su vez a los mandatarios la facultad de conferir mandatos y revocarlos.- El capital de la sociedad es de diez millones de pesos, de los cuales se enteran cinco millones en la caja social, en este acto y en efectivo por el socio José Antonio Aravena Valdés, quedando por enterar cinco millones dentro del plazo de un año, lo que lo hace ser titular del cien por ciento de los derechos societarios de la compañía.- Las utilidades se repartirán entre los socios en el mismo porcentaje de sus respectivos aportes. Asimismo, los socios soportarán las eventuales pérdidas en las mismas proporciones, sin perjuicio, también, de los pactos que se acordasen.- Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes.- La sociedad practicará balance general e inventario oficial al treinta y uno de diciembre de cada año .- La sociedad empezará a regir desde la fecha de la suscripción de esta escritura y tendrá una duración de un año, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifestare la voluntad expresa de ponerle término mediante escritura pública sub inscrita al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo, lo que deberá efectuarse con una anticipación no inferior a dos meses a la fecha del respectivo vencimiento o de sus respectivas prórrogas, en su caso, mediante envío de carta certificada dirigida al domicilio social.- La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se pudieran establecer en el resto del país o en el extranjero, demás estipulaciones en constitución, escritura extractada. Santiago 16 de Abril de 2021.