SERVICIOS MÉDICOS E INVERSIONES HAMEAU Y CÍA. LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de abril de 2021
- Repertorio
- 3758-2021
Sociedad
- Domicilio
- Concepción, Región del Biobío, territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Concepción
- Duración
- La sociedad empezará a regir con la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, la que se entenderá tácita y sucesivamente renovada por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo que por acuerdo unánime de los socios manifiesten su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio respectivo, todo con una anticipación mínima de seis meses antes del vencimiento del plazo o prórroga respectiva
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: a) La prestación de servicios profesionales en diversas especialidades de la medicina y en el área de la salud en general en su más amplio sentido y alcance, principalmente toda actividad relacionada con la Medicina General, Cirugía, Cardiología, y en todas y cada una de las especialidades relacionadas, considerando diagnóstico, análisis, exámenes, procedimientos terapéuticos, cirugías, y cualquier otro aspecto que se relacione con el área de la salud, en forma directa o a través de convenios con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales; pudiendo participar activamente en los concursos y licitaciones públicas o privadas que requieran los servicios profesionales ya descritos; b) La adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento u otras formas de explotación de toda clase de bienes, en especial de bienes inmuebles, sean estos predios rústicos o urbanos, parcelar, urbanizar y construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma a fin de obtener su rentabilidad; c) Compra, venta, importación y exportación, arrendamiento, subarrendamiento de todo tipo de instrumentos, implementos, insumos y equipos médicos en general, y mobiliario para realizar consultas médicas, tratamientos o rehabilitaciones; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma de obtener su rentabilidad; d) La obtención de rentas y frutos provenientes de toda clase de inversiones, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, letras de cambio, pagarés, letras de crédito, certificados de depósitos, documentos negociables, valores mobiliarios y todo efectos de comercio; títulos de créditos, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores, pudiendo concurrir o participar en la formación o ingresar en toda clase de personas, de capitales, comunidades, asociaciones y cuentas en participación; y e) En general, realizar actos de comercio relacionados, directa o indirectamente, con los mencionados objetos, y todo otro negocio o actividad que acordaren los
Administración
La administración y el uso de la razón social corresponderá a don RENÉ FRANCISCO HAMEAU DAVANZO, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la sociedad en los términos estipulados en el pacto social.
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOLAYA FERRADA GARRIDO Notario Concepción, suplente del titular Ramón García Carrasco Oficio Rengo 444, por escritura pública 16 de abril de 2021, repertorio N°3758-2021, ante mi don RENÉ FRANCISCO HAMEAU DAVANZO, chileno, casado en régimen de separación total de bienes, Médico Cirujano con especialidad en Cardiología, cédula nacional de identidad número quince millones trescientos quince mil cuatrocientos cincuenta y ocho guion nueve, y doña MARÍA CONSTANZA DAVANZO CARAM, chilena, casada en régimen de separación total de bienes, Corredora de propiedades, cédula nacional de identidad número siete millones ochocientos veintidós mil seiscientos veintiocho guion cinco, ambos domiciliados en calle Sanders número diez, departamento cuatrocientos uno, de la comuna y ciudad de Concepción; constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada.- RAZÓN SOCIAL. “SERVICIOS MÉDICOS E INVERSIONES HAMEAU Y CIA LIMITADA”, pudiendo además actuar la sociedad con el nombre de fantasía de “HAMEAU Y CIA LTDA.”, ante Bancos e Instituciones Financieras, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería y cualquier organismo público o privado. - OBJETO SOCIAL. El objeto de la Sociedad será: a) La prestación de servicios profesionales en diversas especialidades de la medicina y en el área de la salud en general en su más amplio sentido y alcance, principalmente toda actividad relacionada con la Medicina General, Cirugía, Cardiología, y en todas y cada una de las especialidades relacionadas, considerando diagnóstico, análisis, exámenes, procedimientos terapéuticos, cirugías, y cualquier otro aspecto que se relacione con el área de la salud, en forma directa o a través de convenios con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales; pudiendo participar activamente en los concursos y licitaciones públicas o privadas que requieran los servicios profesionales ya descritos; b) La adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento u otras formas de explotación de toda clase de bienes, en especial de bienes inmuebles, sean estos predios rústicos o urbanos, parcelar, urbanizar y construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma a fin de obtener su rentabilidad; c) Compra, venta, importación y exportación, arrendamiento, subarrendamiento de todo tipo de instrumentos, implementos, insumos y equipos médicos en general, y mobiliario para realizar consultas médicas, tratamientos o rehabilitaciones; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma de obtener su rentabilidad; d) La obtención de rentas y frutos provenientes de toda clase de inversiones, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, letras de cambio, pagarés, letras de crédito, certificados de depósitos, documentos negociables, valores mobiliarios y todo efectos de comercio; títulos de créditos, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores, pudiendo concurrir o participar en la formación o ingresar en toda clase de personas, de capitales, comunidades, asociaciones y cuentas en participación; y e) En general, realizar actos de comercio relacionados, directa o indirectamente, con los mencionados objetos, y todo otro negocio o actividad que acordaren los socios.- ADMINISTRACIÓN. La administración y el uso de la razón social corresponderá a don RENÉ FRANCISCO HAMEAU DAVANZO, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la sociedad en los términos estipulados en el pacto social. - CAPITAL SOCIAL. El capital social será la suma de CINCO MILLONES DE PESOS, los que serán aportados por los socios, de la siguiente manera: a) don RENÉ FRANCISCO HAMEAU DAVANZO, aporta la suma de cuatro millones de pesos, al contado, en dinero efectivo, ingresado en caja social en este acto, correspondiéndole, por tanto, el OCHENTA POR CIENTO de los haberes y derechos sociales; b) doña MARÍA CONSTANZA DAVANZO CARAM, aporta la suma de un millón de pesos, al contado, en dinero efectivo, en este acto ingresado en caja social, correspondiéndole por tanto, el VEINTE POR CIENTO de los haberes y derechos sociales.-RESPONSABILIDAD. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. - DURACIÓN. La sociedad empezará a regir con la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, la que se entenderá tácita y sucesivamente renovada por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo que por acuerdo unánime de los socios manifiesten su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio respectivo, todo con una anticipación mínima de seis meses antes del vencimiento del plazo o prórroga respectiva.- DOMICILIO. La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Concepción, Región del Biobío, territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Concepción, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país y en el extranjero. - Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Concepción, abril 23 de 2021.