CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DURÁN & DURÁN CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA LIMITADA

CVE 1934611
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de abril de 2021
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
23 de abril de 2021

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Curicó
Duración
Cinco años contados fecha de escritura, término que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que uno de los socios que represente al menos el cuarenta y cinco por ciento del haber social manifieste su voluntad expresa de ponerle término a la expiración del plazo original o de alguna de sus prórrogas, mediante declaración hecha por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social del Registro de Comercio correspondiente, con al menos noventa días de anticipación a la fecha prevista para su expiración

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Rodrigo Domínguez Jara, Notario Curicó, Estado 236, certifica: Por escritura pública ante mí de fecha 23 de abril de 2021, don ESTEBAN FRANCISCO DURÁN LARA y doña KAREN ANDREA DURÁN LARA, ambos domiciliados, para estos efectos, en Calle Estado N°615, oficina 3, comuna y provincia de Curicó, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón Social “DURÁN & DURÁN CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA LIMITADA” Nombre de fantasía “DURÁN & DURÁN LTDA.” o “D & D LTDA.” Objeto La construcción en general de obras mayores y/o menores, mantención, remodelación, reparación y ampliación de toda clase de bienes muebles y/o inmuebles; loteo, subdivisión y urbanización de bienes raíces en general; construcción de obras viales; diseño, montaje, instalación y reparación de todo tipo de estructuras; compra, venta, consignación, distribución, comercialización, fabricación e instalación de maderas, muebles, vidrios, perfiles de aluminio, elementos de decoración y subproductos de éstas, aglomerados, placas y planchas completas y dimensionadas, quincallerías y, en general, de todo tipo de bienes muebles; la construcción y/o ejecución de obras de alcantarillado, agua potable, instalación eléctrica, gasfitería, demolición, limpieza de canales y obras afines; desarrollo y ejecución de diseños, planeamiento y proyectos de arquitectura e ingeniería; construcción, supervisión e inspección de proyectos y obras, asesorías en servicios de arquitectura e ingeniería; la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades o asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; la realización de inversiones en cualquier tipo y clase de negocios, bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales; acciones, bonos y debentures; derechos, cuotas y participación en cualquier clase sociedades, pagaré, letras de cambio, certificados de depósito, documentos negociables, acciones y toda clase de instrumentos, títulos, moneda extranjera y efectos de comercio y en toda clase de valores mobiliarios; organizar, gestionar y administrar por cuenta propia o de terceros, aportes en dinero u otros bienes para su inversión en toda clase de actividades civiles o mercantiles y cualquier actividad relacionada o no, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria e inversiones; y cualquier otro negocio que acordaren los socios.- Domicilio: Ciudad de Curicó, sin perjuicio de agencias, sucursales, locales, predios, negocios y/o dependencias en otras ciudades del país o en el extranjero.- Duración: Cinco años contados fecha de escritura, término que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que uno de los socios que represente al menos el cuarenta y cinco por ciento del haber social manifieste su voluntad expresa de ponerle término a la expiración del plazo original o de alguna de sus prórrogas, mediante declaración hecha por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social del Registro de Comercio correspondiente, con al menos noventa días de anticipación a la fecha prevista para su expiración.- Capital: $20.000.000.- Cada socio aporta, entera y paga al contado, la cantidad de $10.000.000.- Responsabilidad Socios: Limitada al monto de sus respectivos aportes.- Administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don ESTEBAN FRANCISCO DURAN LARA, y/o KAREN ANDREA DURAN LARA, para que actuando en forma indistintamente, separada y/o conjunta quienes anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario. Amplias facultades. Otras estipulaciones, escritura extractada. Curicó 26 de Abril de 2021.