CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

LA COMUNA SpA

CVE 1932489
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de abril de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
19 de abril de 2021
Repertorio
6010-2021
Notario
EDUARDO DIEZ MORELLO
Oficio
Trigésima Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
La sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Santiago de Chile, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: a) compra, venta, exportación, importación, comercialización, fabricación de mercaderías y distribución de bienes muebles y la prestación de servicios. b) compra, venta, exportación, importación, comercialización y distribución de todo tipo de artículos del rubro de ferretería; c) compra, venta, exportación, importación, comercialización y distribución de todo tipo de materiales y maquinarias para la construcción; d) compra, venta, comercialización, distribución, fabricación, elaboración, montaje, creación y diseño de ventanas, vidrios, marcos y estructuras de aluminio, fierro, madera o cualquier material solicitado por los clientes; e) compra, venta, comercialización, distribución y fabricación de productos constituidos de acero y hojalatería en general; f) prestación de toda clase de servicios de transporte de materiales de construcción, aceros y hojalatería en general; g) transporte terrestre de todo tipo de carga, por cuenta propia o ajena, con vehículos propios o de terceras personas, dentro o fuera del territorio nacional; h) Comercialización, compra, venta directa al por menor o al por mayor o de otro modo de venta, transporte y)o distribución de todo tipo de áridos, piedras, productos orgánicos y demás aplicables a cualquier tipo de industria; y en general realizar toda clase de negocios o actos de comercio relacionadas directa o indirectamente con el objeto social y que sean conducentes, útiles o necesarias a los intereses de la sociedad;

Administración

la administración y uso de la razón social será ejercida por el accionista constituyente, como Gerente general don ÁNGEL ELÍAS MILLÁN CORDERO, quien tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros, está investido de todas y las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición, pudiendo realizar, ejecutar y celebrar toda clase de actos, negocios, pactos, acuerdos y contratos, sin limitación alguna, de acuerdo a lo estipulado en la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO DIEZ MORELLO, abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número trescientos cincuenta y nueve, Providencia, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 19 de abril de 2021 ante mí, Repertorio N° 6.010-2021, don ÁNGEL ELÍAS MILLÁN CORDERO, con domicilio en Calle Santa Marta N° 427, comuna de Lo Prado, constituyó sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto: Nombre: La sociedad se denomina “LA COMUNA SpA”. Domicilio: La sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Santiago de Chile, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Objeto Social: El objeto de la Sociedad será: a) compra, venta, exportación, importación, comercialización, fabricación de mercaderías y distribución de bienes muebles y la prestación de servicios. b) compra, venta, exportación, importación, comercialización y distribución de todo tipo de artículos del rubro de ferretería; c) compra, venta, exportación, importación, comercialización y distribución de todo tipo de materiales y maquinarias para la construcción; d) compra, venta, comercialización, distribución, fabricación, elaboración, montaje, creación y diseño de ventanas, vidrios, marcos y estructuras de aluminio, fierro, madera o cualquier material solicitado por los clientes; e) compra, venta, comercialización, distribución y fabricación de productos constituidos de acero y hojalatería en general; f) prestación de toda clase de servicios de transporte de materiales de construcción, aceros y hojalatería en general; g) transporte terrestre de todo tipo de carga, por cuenta propia o ajena, con vehículos propios o de terceras personas, dentro o fuera del territorio nacional; h) Comercialización, compra, venta directa al por menor o al por mayor o de otro modo de venta, transporte y/o distribución de todo tipo de áridos, piedras, productos orgánicos y demás aplicables a cualquier tipo de industria; y en general realizar toda clase de negocios o actos de comercio relacionadas directa o indirectamente con el objeto social y que sean conducentes, útiles o necesarias a los intereses de la sociedad; Duración: La Sociedad tendrá una duración indefinida. Capital: El capital de la Sociedad asciende a $10.000.000.- (diez millones de pesos), dividido en mil acciones, acciones nominativas, todas de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, todas las cuales son suscritas por ÁNGEL ELÍAS MILLÁN CORDERO, a razón de $10.000.- (diez mil pesos) por cada acción, lo que en total asciende a la suma de $10.000.000.- (diez millones de pesos) que el suscriptor entera y paga de la siguiente manera: $5.000.000.- (cinco millones) son enterados en este acto en dinero efectivo ingresando a la caja social. $5.000.000.- (cinco millones pesos) que serán enterados en un plazo de dos años o en la medida que las necesidades sociales lo requieran. Administración: la administración y uso de la razón social será ejercida por el accionista constituyente, como Gerente general don ÁNGEL ELÍAS MILLÁN CORDERO, quien tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros, está investido de todas y las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición, pudiendo realizar, ejecutar y celebrar toda clase de actos, negocios, pactos, acuerdos y contratos, sin limitación alguna, de acuerdo a lo estipulado en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada, Santiago, 21 de abril de de 2021.