CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES SANTA TRINIDAD LIMITADA

CVE 1933176
Capital
$100.000.000 CLP
Fecha instrumento
31 de diciembre de 2026
Notaría
Talca
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
31 de diciembre de 2026
Notario
TEODORO PATRICIO DURÁN PALMA
Oficio
Quinta Notaría de Talca
Comuna
Talca

Sociedad

Capital
$100.000.000 CLP
Domicilio
Talca
Duración
Desde fecha escritura hasta 31 de diciembre 2026. Prorrogable automáticamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años en la forma indicada en la escritura social. Responsabilidad: Limitada hasta el monto de

Objeto social

Es la inversión en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, propios o ajenos, sea por la compra o venta de inmuebles, su arriendo, administración o por el desarrollo de proyectos de inversión en cualquier área, inmobiliaria, agrícola, de servicios o comercio; por cuenta propia o de terceros; incluyendo compra y venta de acciones bonos y otros títulos transables, y en general cualquier negocio relativo a estos objetos y las demás que acuerden los

Administración

Corresponderá conjuntamente a los socios, quienes anteponiendo a sus firmas la razón social obligan en la forma, con las limitaciones y facultades del pacto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

TEODORO PATRICIO DURÁN PALMA, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Talca, con oficio en 1 Norte Nº 888 de Talca, certifico: Por escritura pública, otorgada hoy, ante mí, doña CECILIA DEL PILAR CANCINO SÁNCHEZ y don IVÁN ALEJANDRO CASTRO POBLETE, ambos domiciliados en Talca calle 4 Norte 620, constituyeron sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón social: “INVERSIONES SANTA TRINIDAD LIMITADA”, pudiendo usar como nombre de fantasía “INVERSIONES SANTA TRINIDAD LTDA.”. Domicilio: Talca, sin perjuicio de las agencias, que pueda establecer en otros puntos del país. Administración, representación de la sociedad y uso de la razón social: Corresponderá conjuntamente a los socios, quienes anteponiendo a sus firmas la razón social obligan en la forma, con las limitaciones y facultades del pacto social. Capital: $100.000.000.- que se aportan: I.- Socia CANCINO SÁNCHEZ, aporta la suma de $50.000.000.- con el aporte en dominio del inmueble que se indica en la disposiciones transitorias; y II.- Socio CASTRO POBLETE, aporta la suma de $50.000.000.- con el aporte de los derechos hereditarios y cuota de dominio que le corresponden en la propiedad y buses que se indican en las disposiciones transitorias. Objeto social: Es la inversión en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, propios o ajenos, sea por la compra o venta de inmuebles, su arriendo, administración o por el desarrollo de proyectos de inversión en cualquier área, inmobiliaria, agrícola, de servicios o comercio; por cuenta propia o de terceros; incluyendo compra y venta de acciones bonos y otros títulos transables, y en general cualquier negocio relativo a estos objetos y las demás que acuerden los socios. Duración: Desde fecha escritura hasta 31 de diciembre 2026. Prorrogable automáticamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años en la forma indicada en la escritura social. Responsabilidad: Limitada hasta el monto de aportes. Distribución de Utilidades: En misma proporción. Demás estipulaciones escritura extractada. Talca, 21 de abril de 2021.