WI TECH SpA
Instrumento
- Fecha
- 20 de abril de 2021
- Repertorio
- 1020-2021
- Comuna
- Pública Interina de la Segunda Notaría
Sociedad
- Capital
- $15.384.615 CLP
Objeto social
- El objeto de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) Prestación de servicios a terceros de comercialización y promoción de bienes y servicios con personal propio. b) Comercialización en cualquiera de sus formas, de toda clase de bienes muebles, y en especial de todo tipo de equipos electrónicos, programas informáticos, servidores, repuestos, partes y piezas electrónicas y de telecomunicaciones, equipos de sonido y de video. c) Prestación de servicios informativos, de mantenimiento, procesamiento y transmisión de datos e información, y en general servicios vinculados a las telecomunicaciones. La prestación de servicios de asesoría, en temas informáticos, de mantenimiento y reparación en general. d) En general, el desarrollo y la ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas.” Asimismo, los accionistas modificaron también la parte de los estatutos sociales pertinente a la administración, contenida en el artículo décimo cuarto de los estatutos sociales y el artículo segundo transitorio, los que quedarán redactados del siguiente modo: “TÍTULO TERCERO
Administración
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: La administración, representación y el uso de la razón social de la compañía corresponderá a un apoderado que actuará en calidad de administrador, quien podrá ser designado o removido, por acuerdo de Junta Ordinaria o Extraordinaria de Accionistas, o por acuerdo que conste en escritura pública, con las facultades señaladas en escritura extractada.”. “ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO: En virtud del presente instrumento la unanimidad de las acciones con derecho a voto de la compañía, designan como administrador provisorio a don JOSÉ LUIS DAROCH LARENAS, cédula nacional de identidad número nueve millones doscientos veintitrés mil seiscientos tres guion k, quien gozara de todas y cada una de las facultades señaladas en el artículo décimo cuarto de los estatutos, las que se dan por reproducidas una a una.” En lo no modificado se mantienen vigentes las
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| BUSINESS MC SpA | socio | 76539007-9 | — | — | |
| WI TECH SpA | socio | 76167099-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalZUNILDA VITALIA SUAZO CASTILLO, Notaria Pública Interina de la Segunda Notaría de Concepción, con oficio en calle San Martín N°906, CERTIFICA: Que por Escritura Pública otorgada el día 20 de Abril de 2021, Repertorio N°1.020-2021, compareció ante mí, doña JIMENA PATRICIA SANHUEZA VERA, C.I.N° 14.372.265-1 en nombre y representación de BUSINESS MC SpA, RUT 76.539.007-9; en nombre y representación de INMOBILIARIA E INVERSIONES VILLARRICA PUNTILLA LIMITADA RUT 76.500.076-9; y en nombre y representacion de JOSE LUIS DAROCH LARENAS, C.I.N° 9.223.603-K, modificaron WI TECH SpA, RUT 76.167.099-9 inscrita en el Registro de Comercio de Concepción año 2011, a fojas 2250 v, número 1745, capital $15.384.615, en el siguiente sentido: MODIFICACIÓN: Los únicos y actuales accionistas de la Sociedad WI TECH SpA, modificaron los estatutos sociales en la parte pertinente al objeto de la sociedad, contenido en el Artículo Segundo de lo estatutos, el que quedará redactado del siguiente modo: “ARTÍCULO SEGUNDO: OBJETO.- El objeto de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) Prestación de servicios a terceros de comercialización y promoción de bienes y servicios con personal propio. b) Comercialización en cualquiera de sus formas, de toda clase de bienes muebles, y en especial de todo tipo de equipos electrónicos, programas informáticos, servidores, repuestos, partes y piezas electrónicas y de telecomunicaciones, equipos de sonido y de video. c) Prestación de servicios informativos, de mantenimiento, procesamiento y transmisión de datos e información, y en general servicios vinculados a las telecomunicaciones. La prestación de servicios de asesoría, en temas informáticos, de mantenimiento y reparación en general. d) En general, el desarrollo y la ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas.” Asimismo, los accionistas modificaron también la parte de los estatutos sociales pertinente a la administración, contenida en el artículo décimo cuarto de los estatutos sociales y el artículo segundo transitorio, los que quedarán redactados del siguiente modo: “TÍTULO TERCERO. ADMINISTRACIÓN. ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: La administración, representación y el uso de la razón social de la compañía corresponderá a un apoderado que actuará en calidad de administrador, quien podrá ser designado o removido, por acuerdo de Junta Ordinaria o Extraordinaria de Accionistas, o por acuerdo que conste en escritura pública, con las facultades señaladas en escritura extractada.”. “ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO: En virtud del presente instrumento la unanimidad de las acciones con derecho a voto de la compañía, designan como administrador provisorio a don JOSÉ LUIS DAROCH LARENAS, cédula nacional de identidad número nueve millones doscientos veintitrés mil seiscientos tres guion k, quien gozara de todas y cada una de las facultades señaladas en el artículo décimo cuarto de los estatutos, las que se dan por reproducidas una a una.” En lo no modificado se mantienen vigentes las demás estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Concepción, Abril 21 de 2021.- Doy fe. su