Instrumento
- Fecha
- 20 de abril de 2021
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio social será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, sucursales, o establecimientos en otros puntos del país o del extranjero
- Duración
- La duración de la sociedad será de 10 años, prorrogable por periodos iguales y en forma tácita y sucesiva si no se celebrara la Junta de Accionistas respectiva en que se acordará poner término a la sociedad
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) Asesorías Financieras y Económicas; b) La celebración de contratos de comisionista, agente o representante; c) Asesoría en cambio de moneda; d) Actividades empresariales relacionadas con el área financiera; e) Prestación de servicios profesionales, estudios, asesorías, tasaciones, diseños, ejecución en el ámbito financiero, económico; f) La prestación de toda clase de servicios y asistencia técnica en todos los rubros indicados, g) Asesoría informática y poder contratar por cuenta propia o ajena, estos servicios, h) En general ejecutar todos los actos, celebrar todos los contratos y solicitar todas las autorizaciones necesarias, al fin indicado y al desarrollo de su
Administración
La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial la tendrá CÉSAR ANTONIO GRAFFE PEREIRA, con las más amplias facultades de administración y disposición conforme a los estatutos sociales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público, Titular 43ª Notaría Santiago, Huérfanos 835, Piso 18, Certifica: Por escritura pública suscrita con fecha 20/04/2021 ante mí, don CÉSAR ANTONIO GRAFFE PEREIRA, venezolano, soltero, ingeniero de sistemas, C.I. 26.060.731-6, domiciliado en Catedral 1402, departamento 1107, comuna de Santiago, Región Metropolitana, constituye una sociedad por acciones denominada “TECNODIGITAL SpA” de acuerdo a lo dispuesto en los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio. Razón social: “TECNODIGITAL SpA” y podrá usar para efectos bancarios, comerciales y de publicidad la expresión “TECNODIGITAL”. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) Asesorías Financieras y Económicas; b) La celebración de contratos de comisionista, agente o representante; c) Asesoría en cambio de moneda; d) Actividades empresariales relacionadas con el área financiera; e) Prestación de servicios profesionales, estudios, asesorías, tasaciones, diseños, ejecución en el ámbito financiero, económico; f) La prestación de toda clase de servicios y asistencia técnica en todos los rubros indicados, g) Asesoría informática y poder contratar por cuenta propia o ajena, estos servicios, h) En general ejecutar todos los actos, celebrar todos los contratos y solicitar todas las autorizaciones necesarias, al fin indicado y al desarrollo de su objeto. Administración: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial la tendrá CÉSAR ANTONIO GRAFFE PEREIRA, con las más amplias facultades de administración y disposición conforme a los estatutos sociales. Capital: El capital de la sociedad es la suma de 7 millones de pesos, que el socio CÉSAR ANTONIO GRAFFE PEREIRA, ya individualizado, suscribe en este acto, aportando la suma de 7 millones de pesos chilenos que entera y paga en este acto, al contado ya ingresado en caja social. Para tales efectos el capital es dividido en 7000 acciones representadas en acciones de serie única y sin valor nominal. Dicho capital se suscribe y paga en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de la escritura de constitución. Duración: La duración de la sociedad será de 10 años, prorrogable por periodos iguales y en forma tácita y sucesiva si no se celebrara la Junta de Accionistas respectiva en que se acordará poner término a la sociedad. Domicilio: El domicilio social será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, sucursales, o establecimientos en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 21 de abril de 2021.-